Condena a prisión por comentario en página web, ¿violación a libertad de expresión?

Condena a prisión por comentario en página web, ¿violación a libertad de expresión?

La Corte Suprema de Justicia ratificó la condena del Tribunal Superior de Cali contra un internauta, quien deberá pagar con 18 meses y 20 días de prisión por un comentario publicado en la página web del diario El País de la ciudad de Cali.
Fotografía: F Delventhal en Flickr / Usada bajo licencia Creative Commons
Red Ética

Colombia ha vivido un intenso debate durante la última semana debido a una sentencia de la Corte Suprema de Justicia que ratificó la condena del Tribunal Superior de Cali contra un internauta, quien deberá pagar con 18 meses y 20 días de prisión por un comentario publicado en la página web del diario El País de la ciudad de Cali.

“Y con semejante rata como Escalante que hasta del Club Colombia y Comfenalco la han echado por malos manejos que (sic) se puede esperar… ¿El ladrón descubriendo ladrones? ¡Bah!”, escribió Gonzalo Hernán López como comentario en la noticia titulada Siguen capturas por ‘cartel de becas’ en Emcali, publicada el 26 de noviembre de 2008.

López, quien también tendrá que pagar una multa equivalente a 4.500 dólares, se refería a Gloria Lucía Escalante, en ese entonces gerente administrativa de la empresa de servicios públicos de Cali Emcali, quien se desempeña hoy en día como directora de la Federación de Departamentos.

Consultado por el diario El Espectador, el director de la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP), Pedro Vaca, manifestó su preocupación por la condena.

“Este es un caso desproporcionado… Es desproporcionado y el impacto que puede tener en el resto de foros de los lectores es muy delicado porque los foros en las páginas web de los periódicos suelen tener este tipo de comentarios. No es que este comentario sea la excepción”, dijo Vaca.

Por el contrario, el columnista del diario El País Diego Martínez Lloreda, celebró la decisión de la Corte Suprema de Justicia en su columna titulada ’Tatequieto’ al matoneo, donde afirma que “constituye un atentado mucho mayor contra la libertad de expresión ese mal uso que unos cuantos peleles le dan a esos foros, que un fallo judicial que busca castigar no las opiniones sino las acusaciones infundadas”.

A su turno, la columnista Catalina Ruiz-Navarro reprochó que el fallo de la Corte Suprema de Justicia hubiera favorecido “a los más poderosos” y advirtió que esto podría implicar un mensaje de autocensura.

“Las leyes de injuria y calumnia, que entre otras cosas sólo favorecen a la gente con poder y plata, pues cualquier pobre diablo con fama de nada no tiene con qué ni por qué denunciar”, sostiene Ruiz-Navarro.

A propósito de jurisprudencia, Francisco Bernate Ochoa, coordinador del Área de Derecho Penal de la Universidad del Rosario, explicó en su columna Penar por opinar, publicada por Ámbito Jurídico, que la decisión es retrógrada pues se ajusta más al contexto del siglo pasado, donde “se privilegiaban el buen nombre, la honra, y la fama sobre la libre expresión”.

El caso colombiano está relacionado con el presentado en el año 2006 en Estonia, el cual llevó a que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos a determinar que los diarios sí tienen responsabilidad sobre los comentarios ofensivos publicados por los usuarios de sus páginas web.

¿Y los medios, qué?

Desde la Red Ética Segura hemos venido haciendo un llamado durante este año para que los medios de comunicación sean conscientes de la responsabilidad que tienen sobre los comentarios que sus usuarios hacen en sus portales web. Y también, respecto al efecto que los comentarios de los usuarios tienen sobre la percepción de los demás lectores de una noticia.

Es así como compartimos los resultados del experimento realizado por la Universidad de Wisconsin en Madison, el cual demostró que los comentarios rudos o groseros en una noticia terminan sesgando o pervirtiendo la opinión de los demás lectores de un artículo.

¿Qué hacer entonces?… ¿Eliminar los espacios de comentarios para evitar posibles sanciones o enredos jurídicos?… Pues la psicóloga de la Universidad de Columbia María Konnikova, sostiene en un artículo publicado por la revista The New Yorker  que la solución es implementar mecanismos donde los mismos usuarios de las páginas web puedan premiar a los comentaristas más pertinentes y respetuosos, o castigar a los groseros. Hemos traducido el artículo al español a continuación.

En esto coincide el Foro Mundial de Editores, que el año pasado publicó una guía de Mejores Prácticas Para Moderación de Comentarios Online, la cual busca animar a los lectores a publicar comentarios y a los medios de comunicación a conectarse con sus audiencias a través de estos espacios de debate, que en algunas ocasiones se convierten en lugares de odio, insultos y obscenidades.

A propósito de estos sucesos, la Red Ética Segura realizó un tuitdebate en el cual participaron decenas de periodistas de toda Iberoamérica, en el cual se concluyó que lo mejor es tener un equipo de trabajo en las salas de redacción, o un algoritmo en su defecto, dedicado a moderar los comentarios para mejorar así la calidad de la discusión.

“Los medios sordos, otra vez. Mejorar la moderación de comentarios. Quitarlos, es regresar a los medios verticales”, dijo en el debate un usuario identificado como @edgarfelix.

En el Consultorio Ético de la FNPI, el maestro Javier Darío Restrepo se ha pronunciado al respecto, afirmando en distintas respuestas que el medio de comunicación es responsable de todos los contenidos que difunde (incluyendo comentarios), pues los comentarios generan una responsabilidad conjunta del autor y del medio al ser publicados. Es así como un medio de comunicación contrae obligaciones claras que van más allá de la sola publicación mecánica de información, y por lo tanto debe responder por la exactitud y pertinencia de las informaciones y comentarios.

En una respuesta publicada pocos días después del fallo de la Corte Suprema de Justicia, Javier Darío afirma: “No hay libertad para agraviar ni para calumniar. En nombre de la libertad de trabajo no se puede condenar al policía que detiene a un ladrón, ni es sagrada la libertad para divertirse de quien atruena con un equipo de sonido a la media noche y al frente de un hospital. Son ejemplos extremos para subrayar que no hay derechos absolutos, y que la libertad tiene sus límites”.

©Fundación Gabo 2024 - Todos los derechos reservados.