¿Es ético tomar fotografías o videos en la casa particular de un presidente municipal en una entrega de proyectos de construcción de obras públicas?
Respuesta:
Si la entrega de los proyectos de construcción se hace en la casa del funcionario, es claro que los periodistas necesitan tener fotografías o videos en el lugar donde se hace el acto oficial.
Los otros lugares de la casa son de la intimidad del funcionario (http://www.fnpi.org/consultorio-etico/consulta/150), que debe ser respetada.
Hay que recordar que el de la intimidad es un derecho de toda persona, que en el caso de los empleados públicos se restringe pero no desaparece.
En cuanto manejan asuntos relacionados con el interés público, los funcionarios deben rendir cuentas y estar dispuestos a aceptar en su práctica el aforismo latino: “pública, publice”. Es decir, que los asuntos públicos se tramitan públicamente.
Te puede interesar: ¿El bien común prevalece sobre el derecho individual a la intimidad?
El respeto por la intimidad de los funcionarios y de todas las personas se fundamenta en el papel que desempeña la intimidad en el proceso de la libertad humana. Es libre el hombre que puede decidir, pero cada decisión se toma en el interior de cada persona, en esa zona íntima en que las personas, aconsejadas por su conciencia, deciden. Para hacerlo deben tener allí, en el interior de su conciencia, la autonomía necesaria para decidir sin interferencias ni presiones. Así, una sociedad sin intimidad pone en peligro la libertad de las personas.
Son reflexiones útiles para el periodista que está frente a un dilema común: o informa respetando la intimidad y, por tanto, haciendo caso omiso de noticias sensacionales, o da noticias espectaculares sobre intimidades de los personajes, con la justificación de que son personas públicas.
Envía aquí tu consulta sobre ética periodística.
Documentación
El respeto del derecho de las personas a la vida privada y a la dignidad humana hacen parte integrante de las normas profesionales del periodista.
Código Internacional de ética periodística de Unesco. A 6.
Sólo en los casos de público interés pueden ser violados los derechos y los sentimientos privados.
Código Moral del periodista europeo. A 15
Comprenderá el periodista que la vida privada está fuera de la actividad informativa, salvo cuando afecte el orden público social.
Código de ética periodística del CIPA, Círculo de Periodistas de Antioquia. A8.
La función pública de la prensa evita cualquier referencia que sea hecha a la vida privada de un individuo. Es incompatible con la función de la prensa buscar satisfacer la curiosidad pública en lugar de satisfacer los intereses públicos.
Código ético de la prensa austriaca. A 4.
El derecho del individuo a la protección de su reputación e integridad será respetado. Será evitada la publicidad que viola la santidad de la intimidad personal (vida privada) a no ser que se crea necesaria para el interés público.
Código de la Unión Birmana de prensa A 2.
Respeto a la vida privada. Este principio puede tener un empleo paralelo en el sentido de que implica también el rechazo de lo sensacional a toda costa.
Carta de los derechos de los periodistas canadienses. A 4b.