En las informaciones sobre candidatos es común encontrar como noticia, datos sobre su vida privada: que tienen hijos fuera del matrimonio, que consumieron droga, que en otro cargo malversaron dinero. ¿Es ético informar sobre estos temas? ¿Hacerlo es amarillismo? ¿Callarlos es desinformar a los electores?
Respuesta: Si el objetivo del periodista es aumentar la sintonía o la circulación de su medio, cualquier dato desconocido sobre los candidatos le resultará comercialmente productivo, aunque éticamente puede ser desastroso. No se trata de informar cualquier cosa que excite la curiosidad del público. Hay hechos en la vida de los candidatos que pertenecen a su intimidad, que no afectarían su desempeño público y que deben ser respetados. Hay otros que sí pueden interferir en una tarea de gobierno: la apendicitis del presidente Johnson de Estados Unidos, la diverticulitis del presidente Barco de Colombia, por ejemplo, y que deben ser conocidos por la ciudadanía. Lo mismo ocurriría si se tratara de un adicto a las drogas o al alcohol, o a los juegos de azar o al sexo. Dentro de la propaganda negra contra algún candidato, sus opositores utilizan como armas ofensivas, datos de su vida privada: hijos fuera del matrimonio, homosexualismo, algún aislado caso de consumo de droga, o conflictos conyugales. Son hechos que pertenecen a la intimidad y, por tanto, son casos vedados para la prensa. Se explica pero no se justifica en una campaña civilizada. Aún menos en una publicación periodística que debe proceder con presupuestos éticos superiores a los de cualquiera campaña política. Es un sofisma ético la difusión de intimidades con un pretexto moralizante: el caso del candidato homosexual, o divorciado, o con hijos fuera del matrimonio. Se trata de situaciones que obedecen a decisiones personales y que, per se, no tienen por qué afectar el desempeño de un funcionario. La propaganda negra de los contradictores políticos privilegia esos ataques; periodistas y medios éticos, las rechazan como informaciones amarillistas o malintencionadas, que utilizan la excusa de las buenas costumbres como justificación de lo que en verdad es un ataque bajo.
Documentación
Ni el derecho a la información ni el derecho a la vida privada son derechos absolutos. Creerlo es una simpleza. Tanto la vida privada como la información tienen límites. Los criterios éticos en que están basadas esas limitaciones son los siguientes: En primer lugar, el interés público, que no ha de confundirse con la curiosidad pública. Puede haber sectores públicos interesados en conocer la vida privada de los demás. Pero el informador responsable se cuidará mucho de no satisfacer deseos injustos e insanos. A pesar de todo hay que mantener el principio de que una forma de conducta deja de ser íntima o privada para efectos informativos en la medida en que tiene repercusiones en la vida pública. Otro límite importante a esos derechos viene dado por los daños eventuales a terceros inocentes. La ética no puede asumir el que los inocentes sufran por causa de una conducta ajena mantenida en silencio. El informador responsable debe tener conciencia de que puede y debe tocar aspectos de la vida privada cuando esté seguro de que colabora con su silencio al mal de personas o grupos de personas inocentes. También están los límites impuestos por el carácter público de las personas. En la medida en que una persona desempeña funciones públicas el círculo de su vida privada es más reducido. El que los informadores traten de conocer lo más posible de las personas públicas es éticamente justificable. Otra cosa es que violen la ética de los medios como si el fin justo justificara el uso de los medios injustos en sí mismos. Niceto Blázquez: Ética y Medios de Comunicación, Biblioteca de Autores Cristianos, Madrid 1994, pp267-268.