Consultorio Ético de la Fundación Gabo
26 de Julio de 2016

Consultorio Ético de la Fundación Gabo

Foto: ChristophMeinersmann // Pixabay

Apareció en Buenos Aires una doble página periodística acerca de las cifras astronómicas que gana el basquetbolista Emanuel Ginóbili. Para mucha gente fue una invasión de su privacidad que atenta contra su seguridad.

Otros estuvieron contentos porque les permitía ver la evolución profesional del deportista que hace demasiados años ganaba unas chirolas en su Bahía Blanca natal.

En la NBA las ganancias de sus jugadores son públicas, no así las de otros deportistas argentinos que aparecieron en ese texto. R.- Revelar o no el monto de lo que una persona recibe por su trabajo o por su actividad deportiva o artística corresponde a la vida privada pero no a la intimidad personal.
Lo privado no es objeto de la información pública pero llega a convertirse en materia informativa si media el consentimiento del sujeto de la información, quien puede darle legitimidad al acto de hacer público lo privado. Sucede cuando alguien escribe sus memorias con el relato de sus sentimientos privados; o el caso común de figuras públicas que ponen al descubierto su vida privada en entrevistas, reportajes periodísticos o libros autobiográficos. Dentro de ese contexto es explicable que un deportista en plan de relaciones públicas o de propaganda haga ostentación de las grandes sumas que le pagan.
Mantiene el derecho a resguardar su vida privada, el que cubre con discreción ese y otros datos, sea porque el secreto es una garantía para su seguridad, o porque encuentra de mal gusto la ostentación o por cualquiera otra razón.
En cambio, el medio de comunicación que en defensa de lo público informa de asuntos privados, aún en contra de la voluntad del sujeto de la información, obra legítimamente. Tal es el juicio que se puede dar sobre el periodista que al investigar descubre los escandalosos ingresos de un funcionario. Es deber del periodista, en defensa delo público, dar a conocer esa información.
Lo íntimo no es lo mismo que lo privado. Lo íntimo pertenece a una esfera más reducida e inaccesible que lo privado. La misma etimología de la palabra muestra que íntimo deriva de lo interior, de lo intestino. Metafóricamente es lo que va guardado en las entrañas y a lo que solo se accede con el consentimiento de la persona. La intimidad, explica Norberto González Gaetano, es una condición para que lo privado pueda existir.
En conclusión, el basquetbolista tiene el derecho a mantener sus ganancias como un dato privado que solo se podría publicar con su consentimiento.
El periodista podría proceder a publicar esta información si aparece una muy clara conexión con el bien público. Por ejemplo, si llegara comprobarse que es dinero sucio el que está de por medio y que explicaría la magnitud de las cifras.
Documentación.
El descubrimiento de la intimidad parece ser un paso más en el camino que nos había conducido hacia la privacidad. Para Aranguren la intimidad resulta ser un nuevo repliegue sobre sí mismo, provocado por factores como el descubrimiento de las labores domésticas, asignadas a la mujer, o el paso de la lectura pública a la lectura privada, hechos que abren una nueva dimensión del individuo en su relación con lo externo, sin mediación alguna.
Una esfera todavía más recóndita en esta secuencia alude al secreto. No obstante, su protección por el derecho obedece más bien a determinados intereses en juego, que al reconocimiento del secreto como bien jurídico. Pero este, más que un elemento de cualidad es uno de cantidad, que interesa en orden a determinar a quién o a quiénes es accesible determinada información y a quién o a quiénes se debe negar tal acceso. El secreto, visto desde el espacio propio de la persona no es algo distinto de la intimidad. Está, más bien, incluido en ella.
La distinción, pues, entre esfera íntima y privada radica en el ámbito interno que corresponde a la primera y sobre el cual el sujeto puede ejercer un efectivo control, en tanto en la segunda se alude a una franja más amplia, de mayor accesibilidad para terceros.
Es tal el valor de la intimidad y su autonomía frente a la privacidad, que incluso se erige como precondición para que esta última pueda existir. Como dice González Gaetano” sólo desde la intimidad puede haber vida privada y vida pública, y solo desde el reconocimiento y protección de su valor absoluto pueden definirse los ámbitos de las otras dos esferas. Si la intimidad fuera avasallada, la autonomía de la persona, y con ella su dignidad, desaparecerían. Esto tiene inevitables consecuencias desde el punto de vista del comunicador social. Lo público es el espacio natural de la actividad informativa. Lo privado puede alcanzar ocasionalmente interés público. En cambio, lo íntimo, por principio, no es materia de información. La propia autoconciencia, un cierto pudor, rechaza cualquier extracción de ese bagaje propio.
Aldo Vásquez: Conflicto entre intimidad y libertad de información. U. San Martín de Porres, Lima, Perú, 1998. P. 34,35.

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