¿Cuál es el papel que cumple el ombudsman? ¿Existen normas éticas o jurídicas que lo regulan?
El ombudsman o defensor del lector es una figura al servicio de la autorregulación de un medio de comunicación.
Su tarea principal es la representación de los lectores en el interior del medio por tanto es quien potencia la voz del lector para hacer notar, de modo que el periódico los tenga en cuenta, sus reclamos, sus propuestas y sus voces de estímulo.
Si se trata de reclamos por alguna publicación, el Defensor investiga cada caso hasta concluir si es necesario rectificar, aclarar o corregir alguna información. De ser así, presenta su propuesta a quien corresponda en el periódico.
Si el lector propone cambios o novedades, el Defensor los hace conocer, los impulsa y crea el ambiente propicio para que se lleven a cabo.
Cuando el lector aplaude y estimula las buenas realizaciones del periódico, el Defensor les hace el eco suficiente para que se conozcan y para que sirvan como aliento para las personas a quienes se deben esos buenos logros, bajo el entendido de que el reconocimiento de lo bueno opera como aprendizaje y como estímulo para seguirlo haciendo.
Para cumplir estas actividades el Defensor debe contar con una total autonomía, otorgada por el periódico y con una vigorosa independencia, que debe ser característica suya personal. Estas dos calidades explican que el Defensor no tenga autoridad a la que debe obedecer en el periódico porque nadie manda sobre él, salvo su conciencia y que no ejerza autoridad alguna dentro del periódico o medio de comunicación. Es una voz: la de los lectores y la del deber ser del medio de comunicación que tiene el alcance y la fuerza de la voz de la conciencia individual. Esta siempre habla, nunca calla, pero no impone.
El Defensor es una figura que aparece reglamentada en los Manuales de Estilo no tiene que ver con normas legales de ninguna clase. Las normas éticas, en cambio, son su guía o manual de trabajo.
Documentación.
El Defensor del Lector es el funcionario que dentro de El Tiempo vela por los intereses del lector, los defiende y los representa en la Redacción del periódico.
[...] La relación entre los periodistas de la redacción y el Defensor del Lector es la misma que se podría establecer directamente entre el redactor y el lector. El Defensor del Lector no está en posición jerárquicamente superior ni inferior a la de ningún miembro de la redacción. Sus funciones son totalmente independientes y autónomas.
[...] El Defensor debe ser enterado, con la mayor brevedad posible, de todos los errores de información, coordinación, enfoque o manejo periodístico que puedan aparecer en el periódico.
[...] El periodista está obligado a facilitar el trabajo del Defensor en todo lo que esté a su alcance.
[...] El Defensor del Lector podrá proponer motu proprio una rectificación, corrección o aclaración, pero serán las directivas las únicas que podrán autorizar su publicación.
[...] El Defensor del Lector participará activamente en el proceso de análisis y rectificación, corrección o aclaración de los errores que aparezcan publicados.
Síntesis del capítulo VIII del Manual de Redacción de El Tiempo (Bogotá) titulado: El Defensor del Lector.