Reflexión ética sobre dos casos de censura de opinión.
22 de Julio de 2016

Reflexión ética sobre dos casos de censura de opinión.

Acaban de ocurrir dos casos de censura de opinión sobre los que necesitamos una reflexión ética:
1.- El periodista que denunció en su columna las prácticas indebidas de su medio, al cobrar por informaciones favorables a la persona o institución dispuesta a pagar;
2.- La columna que fue censurada y silenciada porque el columnista hacía críticas por una foto sensacionalista y de mal gusto publicada por su diario en primera página.
¿Cuál es el trasfondo ético de estos dos casos?
R.- En los dos casos aparecen los siguientes temas comunes:
1.- En ambos se sanciona la opinión de dos columnistas;
2.- los dos medios imponen esas sanciones en defensa de sus intereses particulares;
3.- Al sancionar, los dos medios prescinden del interés de los receptores de información.
Tanto los códigos de ética como las normas legales condenan esas dos formas de censura.
Pero fuera de las legales, hay otras razones que respaldan el rechazo de las conductas en cuestión.
1. Cuando un medio de comunicación coarta la libre expresión de sus columnistas, o mediante el método disuasivo del despido del columnista, o por la no publicación de su columna, golpea gravemente su credibilidad de medio periodístico. Es una notificación a los lectores acerca de la voluntad del medio de publicar solamente lo que le conviene o le gusta; no lo que es. Por tanto el medio aparece como instrumento propagandístico y pierde su carácter de medio de información periodística.
2. Cualquier intento de silenciar las críticas que se le hacen a un medio, además de un gesto de prepotencia, significa que el medio renuncia a la autocrítica y al propósito de mejora constante que el medio les debe a sus lectores. Como se sabe el progreso de un medio periodístico comienza con el reconocimiento de sus errores y culmina en los cambios necesarios para que el error no se repita. No hay otra forma tan eficaz de progresar.
3. La intolerancia de cualquier clase es contraria al espíritu del periodismo de calidad. Si se trata de una intolerancia ideológica, esta contradice la universalidad propia de lo periodístico que, por esencia, es servicio para toda la sociedad. Pero si se trata de intolerancia para quien denuncia sus errores, esta es una actitud que ni siquiera tiene la dignidad que da la defensa (así sea equivocada en la forma) de unas ideas.
4. En los dos casos la censura pretende darle status a un error. Intentar coactivamente la defensa de la práctica de comprar y vender información, o de publicar imágenes destinadas a producir más sensación que información, más curiosidad morbosa que respeto por las víctimas, hace daño a la profesión periodística, perturba su credibilidad e irrespeta a la sociedad.
Documentación
La principal diferencia entre los periódicos y otras empresas comerciales es que los periódicos en sus actividades ejercen gran influencia sobre el público. El público depende en gran parte de los periódicos como su fuente de información y como base de sus juicios en los eventos y problemas públicos. De esta distinción nace el carácter público de la empresa periodística, estado especial de los periodistas. La realización de su responsabilidad y orgullo por los periodistas es fundamental para asegurar su estado especial.
Código de periodistas de Japón. VI.-
La publicidad disfrazada como noticia, o editorial, no debería ser aceptada. La publicidad política debería notarse enseguida que es publicidad. Es tan reprochable el soborno mediante promesa de patrocinio político como mediante dinero en calidad de soborno político.
La profesión de periodista está investida para ir de la mano con otras profesiones y está, mucho más que otras profesiones entrelazada con las líneas del servicio público.
Declaración de principios de los periodistas de Missouri, (E.U.)
El periodista no deberá, en el desempeño de sus deberes profesionales, prestarse a la distorsión o supresión de la verdad por razón de consideraciones publicitarias.
Código de Conducta de los periodistas de Irlanda. A 15.
La profesión de periodista es incompatible con la búsqueda de ventajas personales o destinadas a terceros y contrarias al interés público El periodista no debe aceptar ningún regalo hecho para influenciar sus escritos. No puede firmar ningún comunicado en el que claramente o con palabras encubiertas se nota que se trata de un anuncio.
Código de ética de los periodistas de Israel, a 4

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