¿Cuáles son las semejanzas y las diferencias entre los códigos de ética de Latinoamérica?
22 de Septiembre de 2016

¿Cuáles son las semejanzas y las diferencias entre los códigos de ética de Latinoamérica?

Foto: Pixabay.com

¿Cuáles son las semejanzas y las diferencias entre los códigos de ética de Latinoamérica? Una primera comprobación revela que existe un sentimiento común sobre la necesidad de que el periodismo tenga unas normas reguladoras de su actividad.

Las coincidencias o líneas comunes son las que tienen que ver con el compromiso del periodista con la verdad.

Todos los códigos destacan ese valor, que se puede comparar con la viga maestra de una edificación. Alrededor de este valor aparecen, sustentándolo o complementándolo, otros valores.

La independencia, expresada en distintas normas coincidentes, se muestra como el camino abierto para llegar a la verdad.

Y la responsabilidad social, que es la respuesta al para qué y el para quién de la profesión, es otro lugar de coincidencia, aunque expresada en distintas formas.

Hay normas particulares que responden a situaciones propias de los distintos países, que son las que señalan algunas diferencias. El origen de los códigos, a su vez, genera diferencias: sea que hayan sido adoptados por una entidad gremial, por un Colegio de Periodistas, por un medio de comunicación o por algún gobierno.

Hay, además, códigos de prohibiciones, diferentes de los códigos de propuesta códigos que se mantienen en el nivel de los principios y valores y los que se reducen a la formulación de normas.

Documentación.

Las normas que se incluyen en los códigos son de naturaleza bien diversa. Aquí se dan cita las llamadas a la solidaridad con todos los compañeros de la profesión a las reglas consideradas de derecho común y desde las normas tomadas de la ley penal y la protección de los intereses de terceros, a la defensa del derecho que tiene el público a una información veraz y objetiva, que exige la libertad de información y todo ello mezclado a veces, cosa no muy rara, con la defensa del deber de los periodistas de promover determinados objetivos nacionales o internacionales.

A veces su procedencia y alcance es unilateral, es decir, n se extienden a todo el dominio de la prensa escrita, sino que han sido promulgados y aceptados bien por la federación, o un grupo de editores y propietarios de periódicos o por algún grupo de periodistas. Lo cual refleja los diferentes intereses existentes entre estos grandes sectores de la prensa y ocasiona no pocas dificultades en la uniformidad y consecución de una deontología profesional.

La capacidad de imposición que imponen estos códigos es enormemente diversa y va desde aquellos que ofrecen la explicitación de un consejo de prensa encargado de juzgar la ética de las publicaciones diversas así como la enumeración de los diversos tipos de sanciones posibles, hasta aquellos que constituyen una mera llamada a la conciencia individual del profesional, llamada bienintencionada, pero de la que está ausente toda capacidad impositiva y sancionadora.

Porfirio Barroso Asenjo.
Códigos Deontológicos de os Medios de Comunicación. Paulinas, Madrid, 1984. P�19 y 20

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