¿En alguna parte es innecesaria la Cláusula de Conciencia? ¿Hay algún tema que no deba ser cubierto por el periodista por razón de su objeción de conciencia?
22 de Julio de 2016

¿En alguna parte es innecesaria la Cláusula de Conciencia? ¿Hay algún tema que no deba ser cubierto por el periodista por razón de su objeción de conciencia?

Foto: Pixabay

¿En alguna parte es innecesaria la Cláusula de Conciencia? ¿Hay algún tema que no deba ser cubierto por el periodista por razón de su objeción de conciencia? R.- No es asunto de temas. Cualquier tema puede dar lugar a la toma de posición que implica la objeción de conciencia. Anota César Molinero:
La cláusula de conciencia no es más que el principio de la dignidad profesional, del derecho a que cada uno pueda ejercer su libertad de expresión, su libertad de opinión y su libertad de pensamiento de acuerdo con su conciencia. En los diarios cuya forma de coacción física y sicológica abocan a situaciones de violencia sobre la conciencia de los periodistas, éstos pueden resolver el conflicto con el autodespido con derecho a indemnización”.
En cualquiera de los lugares en donde sea necesaria la defensa de la libertad de expresión, de opinión o de información, la objeción de conciencia es un instrumento ético o legal. Tiene, en efecto, esas dos dimensiones.
En Colombia la concepción de la objeción y cláusula de conciencia se inició en el plano ético, explica Elker Buitrago en “El periodismo y su régimen legal”. Al formular su código de ética el Círculo de Periodistas de Bogotá, CPB, advierte: el periodista tiene la obligación moral de actuar de acuerdo con su conciencia y no puede ser sancionado por ello”. Es un principio de fidelidad consigo mismo y con lo más propio de una persona que es su conciencia. Por tanto, dondequiera haya periodistas que sientan la necesidad de ser fieles a su conciencia, la objeción de conciencia será necesaria.
Documentación
Marc Carrillo sostiene que la cláusula de conciencia “tiene por objeto salvaguardar la libertad ideológica, el derecho de opinión y la ética profesional del periodista.
Y es que la cláusula de conciencia, según Juan Luís Cebrián, directivo de El País, “presupone que los propietarios de la sociedad editora de una publicación, adquieren también un compromiso con sus lectores que4, son en definitiva los que dan sentido al periódico y no pueden por lo mismo permitirse un cambio en la orientación editorial que traicione esa confianza en ellos depositada. Los periodistas son la conciencia profesional de los lectores, por tanto, un cambio de orientación iría contra la propia conciencia de los periodistas.
Entre los expertos existe acuerdo en considerar 1901 como el año en que se conoció el primer caso práctico en que se invoca la cláusula de conciencia en la profesión periodística. En esa fecha la Corte de Casación italiana ratificó dos sentencias de un tribunal de Roma que obligaban a indemnizar a unos periodistas que se vieron forzados a abandonar sus puestos de trabajo, a raíz de una modificación brusca y radical de la línea del periódico
En Holanda, el convenio marco firmado entre la Asociación de periodistas y la Asociación Nacional de Editores establece: si un miembro de la redacción tiene objeciones de conciencia sobre la atribución de una misión y no se conformara con la decisión adoptada sobre el asunto por el director, puede dirigirse al Consejo de Redacción para que se pronuncie sobre el tema.
Ernesto Villanueva: Derecho a la Información, Intiyan, Quito, Ecuador, 2008 pp 479, 482, 483.

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