¿Es ético robar una noticia?
22 de Septiembre de 2016

¿Es ético robar una noticia?

¿Le parece ético robar una noticia, más allá del deber de conseguir la información necesaria para cada caso?

Respuesta: Hay noticias que son exclusivas, obtenidas mediante el esfuerzo y la técnica investigativa del medio o del periodista. Estas les pertenecen a sus autores y deben dárseles los créditos correspondientes. Otras noticias son de común conocimiento en el mundo de los medios. Conocerlas, no requiere más esfuerzo que el corriente de llamar a las fuentes de recurso común �oficinas de prensa, jefes de prensa, secretarias�o participar en las ruedas o conferencias de prensa, o hacer las entrevistas de rutina, u obtener la documentación disponible para todos los medios en Internet o en archivos. Sobre estas noticias nadie puede reclamar propiedad intelectual alguna, ni siquiera por el hecho de darlas antes que los demás medios. Sería una excepción a esta regla consagrada por la costumbre, la noticia que, aunque común, ha sido procesada y difundida de forma original y propia.En los códigos de ética y en las legislaciones aparece la exigencia de respeto a la propiedad intelectual, como un deber de justicia y de veracidad. Es de justicia reconocer el trabajo ajeno y no apropiarse de él Lo impone así la existencia de un derecho de las personas sobre los productos de su trabajo intelectual y creativo. Se trata de bienes que, aunque intangibles, son fuentes de derechos y de reconocimiento para sus autores. Además es deber de veracidad, dar a entender que el autor de la noticia u obra intelectual, no es nadie distinto de quien la obtuvo o realizó. Sería una forma de mentira aparentar que una persona distinta tiene el mérito de un hallazgo o un tratamiento original de la noticia. El respeto a la propiedad intelectual se ha hecho más urgente con la aparición y uso extendido de los materiales de Internet en las redacciones y universidades, porque ha cundido la idea de que esos materiales que se obtienen por tal vía pueden ser usados como logro personal y porque parecen escapar al control de otras personas y de los propios autores. El derecho de propiedad intelectual no prescribe ni desaparece, cualquiera sea el medio técnico con que se llega al conocimiento de alguna obra o noticia.

Documentación

 El Convenio de Berna de 1952 para la protección de las obras literarias y artísticas, revisado en 1971, establece: "La protección del presente Convenio no se aplicará a las noticias del día ni a los sucesos que tengan el carácter de simples informaciones de prensa". Todo lo anterior por cuanto no alcanzan el umbral, ni cumplen las condiciones requeridas para ser incluidas entre las obras literarias o artísticas Las noticias publicadas se pueden reproducir, salvo que hubiese sido prohibido expresamente. Un comentario de la Organización Mundial de la Propiedad intelectual OMPI, sobre el tema, dice: "Conviene señalar que aunque las informaciones periodísticas no están protegidas por derechos de autor, no por ello se encuentran a merced de la rapiña o la piratería, ya que se pueden emplear otros medios de defensa contra las actividades parasitarias, por ejemplo, la legislación que reprima la competencia desleal permite sancionar el comportamiento de una empresa periodística que obtenga sus informaciones de sus propios competidores en lugar de suscribir un contrato, abonándose a los servicios de una agencia informativa especializada". Elker Buitrago. El periodismo y su régimen Legal. Librería Ediciones del Profesional Ltda. Bogotá 2005, pp. 313, 314.

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