¿Cómo debe actuar un periodista al enterase de un caso de corrupción?
21 de Septiembre de 2016

¿Cómo debe actuar un periodista al enterase de un caso de corrupción?

Teníamos fotocopias de cheques y de contratos que probaban que un funcionario había recomendado millonarias licitaciones a favor de proveedores. Sólo faltaba entrevistarlo para que expusiera su punto de vista. Sin embargo nos solicitó antes de conceder la entrevista que le expusiéramos el objetivo y enfrentamos el siguiente dilema:
a.-Fingir interés en otros temas y bombardearlo ante la cámara.
b.- Comunicarle nuestro objetivo y correr el riesgo de que se escondiera.
¿Cuál debió ser nuestro comportamiento?

Respuesta: No es tarea periodística la de acusar por su cuenta como si se tratara de un fiscal, y lograr la confesión del acusado. Aunque es un tema común en las películas de cine y televisión, en la realidad la actividad del periodista es más simple y menos espectacular. Como ciudadano recoge las pruebas que le servirán a cualquier ciudadano para exigir justicia, pero lo suyo no es competir con los investigadores judiciales, ni asumir la función de juez. Por tanto, al informar su objetivo es urgir a los funcionarios para que se haga justicia, e informar a la audiencia para que sepa por qué debe reclamarse la justicia. Esto excluye cualquier clase de presión para que el juez se pronuncie en uno u otro sentido. Puesto que debe respetar el derecho a la presunción de inocencia, así debe actuar al entrevistar a las personas acusadas. Aún si tiene pruebas en la mano, no es su tarea acorralar o poner contra la pared a las personas sindicadas; y en ese sentido debe ser la información previa a la entrevista. Algo así como “queremos conocer su punto de vista sobre las acusaciones que le hacen y que vamos a difundir.” El acusado, en efecto, tiene derecho a expresar su punto de vista antes de la publicación de la acusación. En el caso de una negativa del acusado a declarar ante el medio de comunicación, el proceso informativo seguirá su curso con la advertencia al receptor, sobre la renuncia del acusado a exponer su punto de vista.

Documentación

 ¿No es el periodismo de denuncia una intromisión ilegítima en los aledaños del corazón de la función judicial, de la función jurisdiccional del Estado? ¿No será verdad aquella ácida observación de Oscar Wilde: “la profesión del espía ha perdido toda su razón de ser. Su función la cumple ahora la prensa?” Pero si la prensa asume la función de espía, entonces la prensa asume una verdadera disfunción social. Esa disfunción consistiría en ejercitar un papel y procedimientos que nadie le ha encomendado ni permitido a la prensa, sino que, por el contrario, son actividades y procedimientos confiados a otras instancias. El periodismo de denuncia sería un eventual juicio paralelo sin garantías de imparcialidad ni, por tanto, de justicia. Las denuncias que se publican constituyen un puro juicio de hecho con efectos irreparables muchas veces, un auténtico linchamiento social que vulnera una y otra vez el derecho a la presunción de inocencia. Se hace aquí especialmente profético aquel grito de Murray Kempton: “el periodismo no actúa como un fusil. Más bien como un mortero.” Pero es que, además, como hace observar Adam Gopnik, la prensa es un tribunal deficiente y un pésimo Departamento de Justicia: sus patrones de prueba son pobres y padece ataques repentinos de amnesia. Lo que vendría a duplicar, desde esta posición crítica, la falta de legitimidad del periodismo de denuncia. Carlos Soria: La ética de las palabras modestas. Universidad Pontificia Bolivariana de Medellín, 1997 pp 112, 113,114

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