Quisiera saber qué tanto derecho y hasta dónde puede llegar un periodista que hace una nota sobre el estado de salud de una niña, la coloca en el periódico porque un "epidemiólogo" dio la nota y hasta el nombre de la menor y el fraccionamiento donde vive, poniendo puras mentiras sobre sus síntomas, sin la debida autorización de sus padres. ¿Se puede hacer eso?
Respuesta de Gumersindo Lafuente
En ningún caso lo que describe es éticamente aceptable.
Respuesta de Álex Grijelmo
La protección de la imagen y la intimidad de los menores debe ser total, incluso por encima de que lo autoricen o no los padres. En una información así, han de omitirse sus datos personales. Pero, tal como se cuenta el caso, si se tratara de un adulto también habría que proteger su intimidad.
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Respuesta de Mónica González
Cada vez se hace más frecuente en la información referida al ámbito de la salud que en los medios de comunicación se incurra en este tipo de faltas graves a la ética al momento del debido resguardo de los derechos de los pacientes. Más aún si se trata de menores de edad. En muchos países se ha avanzado notablemente en diseñar y aplicar reglamentos legales que consagran los derechos de los pacientes, los que incluyen, por cierto, garantizar la confidencialidad de sus datos médicos. Y sancionar su violación.
Los periodistas tenemos que avanzar en crear conciencia de la gravedad que implica caer en ese tipo de conductas. En este caso, el hecho es más grave aún porque es un médico el que incurre en la violación de ese derecho, y el periodista se hace cómplice.
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Respuesta de Javier Darío Restrepo
La intimidad es un derecho de toda persona, que tiene que ver con su dignidad y que es prerrequisito de su libertad. Todo esto es lo que olvida el periodista que convierte en mercancía la información sobre la intimidad de las personas.
Sucede así con las informaciones sobre gente de la farándula, o sobre la vida de las personas famosas en la política, en la ciencia, el arte o los negocios, o en la actividad empresarial, por ejemplo. Pero reviste especial gravedad, darle a la información sobre los niños el carácter de una mercancía.
Generalmente esto sucede por ignorancia o por inconsciencia. La intimidad del niño es un derecho que a la vez lo defiende contra la intrusión de personas ajenas y de la creación de dependencias que limitan su libertad.
Por esta razón, los gobiernos asumen su protección con normas legales que recuerdan: “El menor tiene derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen” (Ley de protección jurídica del menor, A4. España). En consecuencia, el legislador señala la inviolabilidad del domicilio y de la correspondencia así como el secreto de las comunicaciones.
Tiene que ver esto con la utilización de imágenes o nombre de los niños en los medios, que pueden implicar una intromisión ilegítima en su intimidad, honra o reputación.
Más exigente que las autoridades es la conciencia ética del periodista, que le muestra como inviolables los derechos y la dignidad de las personas. Por eso resulta obvio que el manejo mercantil de la vida íntima de las personas constituye una perversión profesional y personal.