¿En dónde queda el deber de informar la verdad si por hacerlo uno resulta condenado por la ley?
22 de Julio de 2016

¿En dónde queda el deber de informar la verdad si por hacerlo uno resulta condenado por la ley?

Foto: peterbwiberg // Pixabay

Un supermercado vendía alimentos de mala calidad y un reportero, para demostrarlo, se infiltró entre el personal de trabajadores, grabó imágenes del procedimiento de preparación de los alimentos y denunció el caso. El supermercado denunció al periodista y al medio, que fueron obligados por la justicia a pagar una suma millonaria al supermercado, ¿en dónde queda el deber de informar la verdad si por hacerlo uno resulta condenado por la ley? ¿La ley puede contradecir lo que ordena la ética? Asumir una identidad falsa –la de trabajador del supermercado, distinta a la de periodista- no es leal y constituye un engaño.

Usted puede decir que se trata de defender a los consumidores, centenares, probablemente miles de personas cuya salud y dinero están expuestos, pero ese fin bueno no justifica los medios. Es un engaño fingir una identidad que no se tiene, lo mismo que es un engaño vender carne dañada como si fuera buena. Son engaños distintos, pero engaños, el del supermercado y el del periodista.

Una verdad útil para la sociedad – y esta lo era- no solo debe ser descubierta mediante una investigación rigurosa, además debe ser compartida de modo que pueda ser creída. La acusación por los métodos tramposos usados para obtenerla, le resta credibilidad a la verdad, y pone en evidencia el incumplimiento de su objetivo social

Esta es la razón que valida las normas de los códigos éticos en contra de la utilización de métodos ilegales para mostrar la verdad.

En cuanto a la supuesta contradicción entre lo ético y lo legal, en este hecho no se da. La ley no sanciona la voluntad del periodista de investigar y descubrir un engaño, sino la violación de los derechos de unas personas, los empresarios.

El acceso tramposo del periodista a la planta de personal y su actividad bajo la supuesta identidad de trabajador de la empresa, violaron esos derechos. Además, cuando el periodista se vale de esas astutas maniobres, renuncia a su ejercicio profesional honesto y al desarrollo de habilidades investigativas que llevan a la verdad por caminos correctos y no por los atajos de lo incorrecto.

Documentación.

Decidir si un reportero debe actuar de manera encubierta o no, es el tipo de decisión que pone a prueba de fuego a los editores. Cosas como esta son las que hacen difícil caminar por la cuerda floja. El resultado del juicio entra la cadena de supermercados y la cadena de televisión podría tener un fuerte efecto en la manera en que trabajan los reporteros investigativos.

En otros casos una corte federal de apelaciones en los Estados Unidos, falló a favor del medio de comunicación cuando los reporteros se hicieron pasar por pacientes para filmar sus visitas a varios oftalmólogos. La corte estableció que el canal no era responsable de la transgresión de propiedad, invasión de privacidad y de instalar mecanismos electrónicos de grabación, como alegaban la clínica y dos de sus médicos.

Algunas personas argumentan que los reporteros nunca deben actuar de manera encubierta y que ninguna historia justifica que un reportero mienta. El que un reportero actúe como si fuera otro, conduce a la pérdida de credibilidad y, sin credibilidad, ningún reportero u organización periodística puede servir a su público. Otros manifiestan que los reporteros tienen una obligación mucho mayor con su público y que, por tanto no puede estar en ingún tipo de sensiblería. Si para conseguir una historia que pondrá al descubierto un gran error o que protegerá al público de cualquier gran perjuicio, es necesario valerse de un subterfugio, entonces vale la pena.

Charles Green en Reporteros encubiertos. Pulso del Periodismo.

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