¿Puede un periodista difundir información privada de interés público compartida en WhatsApp?
25 de Febrero de 2018

¿Puede un periodista difundir información privada de interés público compartida en WhatsApp?

Foto: Pixabay - Compartida bajo licencia Creative Commons

¿Es ético difundir audios de WhatsApp, privados o de grupos cerrados, cuando tienen interés público?

Respuesta:

La razón por la que la justicia persigue a los hackers como a delincuentes, es la necesidad de mantener intactos y acatados los derechos a la propiedad y a la intimidad.

Esto vale para la habitación de la casa lo mismo que para un espacio en internet. A estos se les llama, con toda propiedad, dominios, que se adquieren de igual manera como se compra una casa o un auto después de una negociación.

Esos dominios están resguardados por seguridades que restringen el ingreso mediante una clave que solo posee el propietario. Si esa clave se violenta para que alguien ingrese sin autorización del dueño, a eso se le llama allanamiento de morada, que las leyes condenan y sancionan como violación criminal de un derecho.

De modo análogo sucede con los dominios de internet: entrar a esos espacios personales mediante técnicas de hackeo, viola los derechos del propietario o titular. Un audio, o un video en WhatsApp son propiedades inviolables. Estos videos, grabaciones sonoras o mensajes, pertenecen a quien ha adquirido ese espacio y, como cualquier documento personal, es potestativo usarlos, compartirlos o mantenerlos en secreto.

En las investigaciones judiciales, el acceso a esa información solo puede hacerse con autorización del juez o del titular.

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Documentación

La intimidad, como tema informativo, tiene sus límites muchas veces previstos y sancionados en los casos de desbordamiento por las leyes positivas de cualquier país civilizado. La violación o el no respeto de la intimidad depende de varios factores y circunstancias, como el lugar y las situaciones. El lugar puede ser reservado o privado. Sin permiso del propietario o titular del usufructo no es lícito, ni ética ni jurídicamente, invadirlo, registrarlo o aprovecharlos con fines informativos por el procedimiento que sea. Si se trata de un lugar público es diferente. Si es lugar totalmente público o si se trata de lugar parcialmente público, como puede ser un hospital, un hotel, un club; estos edificios y locales parcialmente públicos tienen dependencias en las que puede entrar cualquiera y otras reservadas.

No es lo mismo considerar el edificio de un clínica no privada como un lugar público que dar el mismo carácter a una habitación ocupada por un enfermo. El edificio como tal es público, pero la habitación está reservada para quien la ocupa.

Luka Brajnovic en Deontología periodística. Universidad de Navarra, Pamplona 1978. P.152, 153.

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