La protección de las fuentes en casos de prisioneros
7 de Diciembre de 2017

La protección de las fuentes en casos de prisioneros

Foto: Compartida bajo licencia Creative Commons.

En un reportaje sobre privados de la libertad, algunos pidieron no ser identificados. ¿Se pueden utilizar nombres ficticios para identificarlos? ¿Cómo mostrar esta situación a los lectores?

Respuesta:

Por sus deberes para con la sociedad y con los derechos de las personas, son los jueces quienes dan a conocer los nombres de los condenados en los procesos  judiciales.

Mientras ellos no lo hagan, para el periodista tiene el rigor de  un mandato el de la presunción de inocencia.

En cualquier caso, al periodista no le corresponde asumir la función de juez. No es él quien puede decir que alguien es culpable o inocente. Debe sí, crear alrededor de las personas involucradas una presunción de inocencia.

A partir de estos principios debe decidir el silencio o la divulgación de los nombres. Además de la solicitud de los interesados, cuentan los riesgos causados por esta divulgación: el peligro de atentados contra sus vidas o los daños para las familias.

Si, finalmente, se decide ocultar el nombre, el lector debe saber que el nombre se omite y que se usarán otros nombres ficticios, ya sea porque la persona no ha sido sentenciada o para proteger la vida o la honra a que tienen derecho. Y en estos términos debe hacérselo saber a los que tendrán acceso a la información pública.

En cualquier caso deben descartarse como motivos para el silencio o la difusión los intereses de circulación, sintonía o de competencia con los otros medios.

Documentación

Demasiada gente considera que si el periodista no es agresivo, pintoresco y gráfico, casi hasta la zafiedad, queda muy pronto marginado.

En Francia, el abogado, el juez y el periodista desempeñan su papel en el escenario mediático-judicial hasta transformarlo en lo que podríamos llamar el circo judicial.

En el sistema tradicional el policía hablaba, el juez callaba, la prensa comentaba y al abogado adoptaba una actitud discreta. Hoy día todo el mundo habla. El juez también. Y la justicia se administra en una doble escena, la de los medios y la judicial, con una intensa interactividad entre ambas.

La realidad tozuda es que en su escenario mediático-judicial la justicia sufre, sufre la información, pero sobre todo sufren los pacientes de la justicia y de la información, sufren los titulares de la presunción de inocencia.

En este sentido el problema actual más acuciante es establecer correctamente el juego de la presunción de inocencia cuando las personas que estiman vulnerado su derecho por los medios informativos no tienen en estos momentos relación alguna con la justicia.

Dicho en términos del periodismo profesional, el desafío más fuerte que presenta las presunción de inocencia es la legitimidad del periodismo de denuncia. Para muchos de nuestros contemporáneos ese periodismo de denuncia, o al menos la imagen que tienen de él, es disfuncional y está suplantando al poder judicial.

Carlos Soria en La ética de las palabras modestas. Universidad Pontificia Bolivariaxna. Medellín, 1997. P 104- 105.

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