El periodista detenido por nexos con una mafia de esmeralderos, es acusado por los parientes de un desaparecido que reclaman porque su información es incompleta y porque no responde a un derecho de petición, me hacen dudar: ¿tiene que ver la ética con estos casos?
Respuesta: Tienen que ver porque en las dos situaciones aparecen valores éticos: el servicio prioritario al bien común, el compromiso con la verdad, la independencia del periodista. Pero estos, que deberían ser valores guías en el ejercicio profesional están en la base de las acusaciones de orden penal que motivaron la detención del periodista involucrado en acciones ilegales de los esmeralderos. Esta situación puede entenderse equivocadamente si se la identifica con la conducta sancionada penalmente. Se trata de dos situaciones diferentes, como son diferentes el ámbito de lo ético y el de lo legal.
Lo legal siempre tiene un fondo ético, pero la ética no es, no puede ser, un asunto legal. La ley se impone desde fuera; la ética es una autoimposición, no susceptible de ser impuesta desde fuera.
Por eso en el caso de la información incompleta una es la situación del compromiso personal del periodista con la verdad ( es su compromiso ético) y otra es la exigencia dedl medio de comunicación en que trabaja, o el requerimiento que podría hacerle la justicia por calumnia, falso testimonio o falsedad ( compromiso legal).
Tampoco se puede reclamar, desde lo ético, la respuesta a un derecho de petición. Este es un instrumento legal, cuya aplicación regulan las normas e la justicia.
En síntesis: la ética traza unas normas que cada persona aplica en cumplimiento de su compromiso personal de excelencia personal y profesional; esas normas sirven como base para las leyes que obligan al ciudadano y que son impuestas coactivamente. Son dos enfoques distintos aunque relacionados, que no deben confundirse.
Documentación
La coincidencia más importante entre la ética y el derecho reside en que ambos sistemas están formados a partir de enunciados normativos, es decir, de reglas de conducta o imperativos. Por el contario, entre las principales diferencias se encuentran las siguientes: a.- las normas éticas son autónomas, es decir, creadas por el sujeto que debe cumplirlas, mientras que las normas jurídicas son heterónomas, en tanto son creadas por un sujeto distinto al que van dirigidas; b.- las normas éticas son imperativas, es decir, establecen obligaciones para el sujeto que las creó, mientras las normas jurídicas son imperativo-atributivas en la medida en que se estatuyen obligaciones y confieren derechos al sujeto de derecho; c.- las normas éticas son voluntarias , pues su cumplimiento tiene como premisa el convencimiento personal, mientras las normas jurídicas poseen la coercibilidad como sanción a la conducta contraria a la establecida como debida; d.- las normas éticas son particulares, pues van dirigidas únicamente a quienes ,pertenecen al gremio periodístico; mientras las normas jurídicas tienen la característica de la generalidad; es decir, van dirigidas a todas las personas sujetas al sistema normativo; e.- Las normas éticas tienen como objetivo la dignificación y el reconocimiento social; mientras las normas jurídicas tiene como finalidad garantizar el mínimo para la coexistencia pacífica de los hombres en el seno de la sociedad.
Ernesto Villanueva: Deontología Informativa, Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, 1999 p. 21, 22