Consultorio Ético de la Fundación Gabo
3 de Octubre de 2016

Consultorio Ético de la Fundación Gabo

¿El terrorismo es una vía éticamente lícita de defender ideales? El terrorista cree que, agotadas todas las vías, sólo le queda la de la violencia extrema como mecanismo para sacudir la conciencia colectiva.
En otros casos se siente instrumento de Dios para combatir y castigar el pecado en el mundo.
Se les parece el terrorista que, por motivos patrióticos, acomete acciones con las que pretende acelerar un proceso histórico de liberación, de reivindicaciones o de rechazo de potencias coloniales.
En todo caso, el terrorista justifica los medios por el fin que pretende alcanzar, desconoce el valor y la dignidad de las personas porque las subordina a sus objetivos y, al utilizar el terror como instrumento, desconoce la libertad de las personas y su capacidad de decidir inteligente y libremente. El actor terrorista descarta la posibilidad de comunicar puesto que su objetivo no es obtener consenso sino imponer a través del terror. Su intención, pues, no es debatir ni polemizar.
Como puede observarse es todo lo contrario de lo que supone una actuación ética basada en el respeto del otro.

Documentación.

El terrorismo no es un acto. Tampoco un conjunto inorgánico de actos. Es básica y esencialmente una actitud. Un acto aislado, afirma Turrado, no produce terror, sometimiento o miedo... lo que verdaderamente introduce el terror es la causa y la persistencia de la organización terrorista que puede llevarlo a efecto.
La actitud terrorista está integrada esencialmente por las tres notas siguientes:
Uso de la violencia no sólo física sino también moral,
Persistencia en ese uso.
Con fines intermedios, con independencia del fin revolucionario último, que en síntesis se resumen en la difusión del terror.
La caracterización del terrorismo como una actitud explica que luchar informativamente contra él sea primaria y fundamentalmente una actitud, una convicción interiorizada y persistente que se proyecta de modo persistente hacia el exterior. Sólo a partir de esa actitud cobrará todo su sentido la adopción de unos criterios o reglas deontológicas para el tratamiento informativo del terrorismo, o su reemplazo momentáneo y circunstancial por otros criterios que no fosilicen la conducta. En razón de esta actitud no se puede compartir, por ejemplo la tesis del silencio informativo, pero a la vista de un caso concreto, podría optarse en plena conciencia por el silencio, o diferenciar el tratamiento que ha de darse al terrorismo en periódicos o medios audiovisuales ya que puede haber ocasiones en

Giner y Soria
En La Etica Periodística ante el desafío Terrorista. Centro de Estudios de la Prensa. Santiago de Chile. 1988.

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