Consultorio Ético de la Fundación Gabo
2 de Octubre de 2016

Consultorio Ético de la Fundación Gabo

Trabajo sobre el tema de la obligación del periodista de informar siempre con verdad, por un deber profesional tan severo como el del médico, decía usted en un taller al que asistí. Si el médico se equivoca, se pierde o se daña una vida humana, luego no debe equivocarse. ¿El periodista tiene derecho a equivocarse? A los médicos se les mueren los pacientes, o por error involuntario, o por incapacidad, o por negligencia. En los dos últimos casos el médico es responsable porque en él no se admiten ni la incapacidad -de ser consciente de ella es su deber abandonar la profesión- ni la negligencia.
Lo mismo sucede con el periodista. Sus errores se pueden atribuir a una de esas causas y sólo es admisible el error que sobrepasa los esfuerzos del periodista. Pero cuando esto ocurre se impone una severa y sincera autocrítica que permita descubrir las precauciones necesarias para impedir en el futuro errores parecidos. Como aquí se ha repetido otras veces, el periodista tiene que aprender más de sus errores que de sus aciertos.
Hay pues un " derecho al error" que tiene en cuenta las limitaciones de los seres humanos y las fragilidades de los mecanismos que se utilizan en la profesión para descubrir la verdad, particularmente la dependencia de las fuentes.
Estas limitaciones explican los errores, pero no justifican una actitud de pasividad o resignación ante ellos, como si se tratara de fatalidades irremediables. Es un deber ético, que los códigos subrayan, trabajar para disminuir al máximo, el margen de error.

Documentación.

La legislación y la jurisprudencia se muestran severas en castigar los abusos y descuidos de los periodistas cuando, en el desempeño de sus tareas de investigación, transgreden ciertas normas ética de aplicación universal.
La primera de esas normas es la que protege al individuo contra la mendacidad. Sullivan contra The New York Times, en 1964, es un caso célebre en la jurisprudencia estadounidense porque colocó la carga de la prueba del lado de quien acusa a una publicación por falsedad. El actor debe demostrar que el periódico mintió a sabiendas o con irresponsable desdén por la verdad. La Corte Suprema de Justicia declaró que el comisionado de asuntos públicos de Montgomery, Alabama, L.B. Sullivan no tenía derecho a reclamar una indemnización por que no probó que el Times actuara con conocimiento de una información, reputada por él como falsa, efectivamente lo era.
Ese derecho del periodista a cometer errores en la relación de hechos o en la crítica de los funcionarios públicos, siempre que no actúe con malicia, se extendió a las personas públicas, definidas como personas involucradas en un acontecimiento público o que susciten el interés general. El aplauso de los medios de comunicación estadounidenses a la Corte Suprema de Justicia, en lo que se interpretó como una exégesis correcta a la llamada primera reforma a la Constitución, se extinguió pronto. En una serie de pronunciamientos pendulares, la Corte declaró procedente una indemnización cuando el perjudicado logró probar cierto grado de culpa en el periodista e hizo más estrecha la definición de figura pública para los mismos efectos. Todo lo que se necesitaba probar era que el periodista hab
John Hohenberg considera que estas interpretaciones restrictivas en relación con el derecho del periodista a desnudar asuntos de interés público, constituyen una amenaza a la libertad de prensa. Cortes más conservadoras han tratado de poner límite a " los sagrados reductos de la vida doméstica y privada."

Guido Fernández
En Agonía a la hora del cierre. Trillas y U. De Florida, México 2000.

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