Consultorio Ético de la Fundación Gabo
2 de Octubre de 2016

Consultorio Ético de la Fundación Gabo

¿Cuál debe ser el uso de la palabra "terrorista" en las informaciones periodísticas? Esta palabra, dados los contenidos políticos que se le han incorporado y que desdibujan su sentido original, figura en el diccionario de términos del conflicto y de la paz, "Para desarmar la palabra", publicado por la Corporación Medios para la Paz, en Bogotá, Colombia.
En las guerras las palabras en vez de comunicar se convierten en armas que cada grupo esgrime en contra de sus antagonistas es, por consiguiente, un deber del periodista darles su exacto sentido y rechazar el uso acomodaticio que les dan los contendientes. El diccionario de la lengua, de la Real Academia Española, incluye estas definiciones despojadas totalmente de intencionalidades políticas o de deformación producida por el clima de la guerra:
Terrorismo: dominación por el terror. Sucesión de actos de violencia ejecutados para infundir terror.
Terrorista: Persona partidaria del terrorismo. Que practica actos de terrorismo. Perteneciente o relativo al terrorismo. Dícese del gobierno, partido, etc. Que practica el terrorismo.

Documentación.

Terrorismo: Uso sistemático calculado y racional de la violencia por parte de algunos gobiernos, como instrumento del ejercicio del poder. Los hechos son conocidos: asesinatos, desapariciones, masacres. "las fuerzas reaccionarias,"hombres uniformados," "sicarios," son los términos utilizados para designar a quienes ordenan el crimen y quienes apuntan el arma y disparan. La contrapartida del terrorismo de Estado es la impunidad.
El ejercicio criminal del poder supremo del Estado, sin estar sometido a control alguno, mediante un sistema organizado y alentado desde sus estructuras para el logro de sus fines, es lo que se ha dado en llamar terrorismo de Estado.
Acto terrorista.- Atentado terrorista. Acción violenta destinada a causar grandes daños a los bienes o a las personas de manera indiscriminada. En Colombia se usa erróneamente para referirse a cualquier clase de acto violento. Un acto terrorista persigue un fin inmediato relativamente limitado. En general se caracteriza por : una acción violenta en toda variedad de formas, capaz de suscitar el interés de la opinión pública: la existencia de un motivo político para realizar el acto terroristas el propio acto que está dirigido contra un grupo de personas, clase o el Estado, así como contra particulares que se oponen a los intereses de quien lo ejecuta.
Bajo acto terrorista se incluyen las acciones violentas contra una persona, grupo de personas, clase o representantes del poder estatal que tienen por finalidad intimidarlos u obligarlos a cumplir las exigencias y los propósitos que dan pie a la realización del acto terrorista.
Según la Convención para la Prevención y la Represión del Terrorismo (Ginebra, 1937) el acto terrorista se define como "el hecho criminal dirigido contra un Estado y cuyo fin o naturaleza es provocar el terror en personalidades determinadas, en grupos de personas o en el público."

Para Desarmar la Palabra. Medios para la Paz. Bogotá 1999.

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