Consultorio Ético de la Fundación Gabo
29 de Septiembre de 2016

Consultorio Ético de la Fundación Gabo

Muchas veces para investigar hay que recurrir a diversos medios. ¿Cuál es el límite ético en la investigación periodística? Ni en este ni en ningún otro caso el fin justifica los medios. Por eso son objeto de discusión recursos como la cámara escondida, ocultar la condición de periodista, asumir otras identidades, sustracción de documentos, el soborno, la intimidación o la mentira.
Al investigar, el periodista encuentra límites que deben ser respetados, como el derecho a la intimidad, el derecho a no autoincriminarse, o el derecho a no responder. Cuando se trata de funcionarios públicos, deben responder a las autoridades correspondientes y al periodista amparado en el derecho de petición, pero dentro de unos términos y condiciones que no le dan al periodista carácter de juez, ni convierten al funcionario en reo.
Otro límite es el de lo legal. Los legisladores protegen los derechos de las personas e instituciones contra los abusos. Además de la protección de los derechos de las personas, el periodista debe proteger la verdad que quiere informar, y esta pierde fuerza cuando la credibilidad del periodista resulta vulnerada por las prácticas ilegítimas o ilegales utilizadas durante su investigación y es un hecho que esa verdad no es propiedad del periodista sino de la sociedad, por tanto, corresponde al periodista velar por ella puesto que es un bien público.
Entre otros, el código de Etica del Círculo de Periodistas de Bogotá, advierte en su artículo cuarto: "No todos los métodos para obtener una noticia son éticos. Las razones de interés público deben prevalecer sobre los intereses privados en la búsqueda de la información."

Documentación.

Al tema de los medios utilizados para obtener información le dan toda la importancia 28 códigos de ética.
Después de repasar esas normas, se llega a la conclusión de que no es indiferente el medio que se elija para obtener una noticia.
La mayoría de esos códigos se limita a calificar de "incorrectos," "deshonestos," "turbios," "desleales" los medios que genéricamente condenan. Otros señalan que deben utilizarse métodos "propios," "leales," "justos y honestos.".
Pero ¿cuáles son esos métodos condenados? Los códigos de Austrlia, Canadá y Filipinas dan esa clave al señalar al periodista la obligación de "revelar su identidad," cuando se trata de obtener una noticia.
Los periodistas de Israel y de Grecia describen como métodos vedados " el engaño, la intimidación y el soborno."
El código griego agrega otros elementos vitandos: "apropiarse del trabajo de otro periodista, obstaculizar su búsqueda informativa, poner barreras al libre ejercicio de la profesión, crear opinión adversa contra otro periodista con comentarios desfavorables."
En los códigos de Inglaterra, Irlanda y Malta se puede encontrar el rechazo a otro método incorrecto: "lo que cause pena o humillación a inocentes, deprimidos o personas que sufren."
El código polaco prevé para los periodistas que utilizan métodos deshonestos para obtener noticias, penas que van desde la simple amonestación hasta la suspensión de sus derechos.
Como se ve, el fin de obtener una noticia no justifica todos los medios.

Herrán y Restrepo
En Etica para periodistas. (Tercera Edición.) Tercer Mundo, Bogotá, 2000. P. 93 y 94.

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