Consultorio Ético de la Fundación Gabo
29 de Septiembre de 2016

Consultorio Ético de la Fundación Gabo

Se investigaba el asesinato de un fiscal cuando un periodista grabó, "off the record" con uno de los investigadores. La conversación se difundió con asentimiento de los editores porque, según ellos, las revelaciones eran graves y se justificaba su difusión. ¿Fue correcto? El uso más ético e inteligente del "off the record" es como indicio que permite iniciar o continuar una investigación con otras fuentes. Los datos que se obtienen en el curso de esas conversaciones adquieren una gran importancia si el periodista no se deja maniatar por el "off the record" y los confirma, los amplía o los halla falsos al confrontarlos con otras fuentes. Esta ampliación de la investigación es tanto más urgente si se trata de hechos que afectan el interés público.
La razón por la que los códigos aconsejan mantener el pacto de "off the record" con la fuente, lo mismo que cuando se le promete confidencialidad, es porque la palabra dada por un periodista debe ser fiable, para que otras fuentes confíen en él de igual manera. Si, en cambio, se quebrantan los pactos hechos con los periodistas, otras fuentes lo sabrán y cada vez serán menos las fuentes abiertas a la indagación de la prensa, hecho que, en último término, perjudicará a los lectores porque se reducirá su acceso a la verdad de los hechos, a través de los medios de comunicación.

Documentación.

El secreto profesional del periodista tiene las siguientes facetas:
No descubrir las fuentes de información si el informador originario, por razones justificadas, lo desea expresamente y si el periodista ha empeñado su palabra de silenciar su nombre y de no revelar las circunstancias que podrían o identificar o localizar al informador.
No difundir aquella parte de la información obtenida confidencialmente que pueda dañar al informador (detención, venganza, despido) aunque no se le haya hecho la promesa en ese sentido, siendo evidentes las posibles consecuencias.
No publicar los estrictos secretos profesionales de los terceros, difamantes para una o varias personas o peligrosos para la seguridad social, descubiertos en el ejercicio de la labor periodística.
No revelar los datos o los hechos de la vida íntima de una persona o familia que el periodista pudo conocer en su legítima búsqueda de noticias de interés más o menos general.
No descubrir los métodos lícitos pero reservados o secretos éticamente correctos o indiferentes de su propia empresa o redacción y de los que trabajan en ellas.
Guardar los llamados "secretos de Estado," en el sentido de lealtad al país. No se trata de los secretos de un gobierno o de personajes políticos. La ocultación en este caso es éticamente obligatoria tan solo si la revelación de un secreto de esta índole pone en peligro la seguridad nacional o la paz internacional.
...En realidad todo lo que hemos dicho sobre el secreto profesional se reduce a los más elementales principios del honor personal del periodista, del ciudadano y de la ética: respetar su propia palabra empeñada y tener la honradez de no dañar injustamente a los demás, que es lo mínimo que se puede esperar de un ciudadano honrado.

Luka Brajnovic.
Deontología Periodística
Ediciones Universidad de Navarra. Pamplona 1978. P. 207-208.

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