Consultorio Ético de la Fundación Gabo
26 de Septiembre de 2016

Consultorio Ético de la Fundación Gabo

Levantar excepcionalmente la confidencialidad de la fuente", y ventilar las conversaciones de un periodista con su fuente, con el argumento de que "cuando la fuente no actúa de buena voluntad, exonera al periodista de mantener las restricciones del caso" ¿es una actitud éticamente válida? Sobre la decisión de levantar la confidencialidad de la fuente hay dos criterios opuestos:El que considera roto el pacto entre el periodista y su fuente cuando esta ha engañado al periodista y, por tanto, ha deshecho un convenio que obliga a las dos partes. Incumplido el pacto, por una parte, la otra no se considera obligada a respetarlo.Según otro criterio, aunque la fuente engañe o actúe de mala fe, el periodista debe mantener su palabra, porque esa actitud le preserva la buena voluntad de otras fuentes como nunca podría obtenerla si su palabra no apareciera con una confiable firmeza.Personalmente prefiero este segundo criterio porque en él predomina la idea rectora de la relación con las fuentes: que ellas son medios para llegar a la verdad por tanto, se deben crear las condiciones de confianza necesarias para mantener abiertos los caminos de una relación de confianza con las fuentes.
El espectáculo público de un medio de comunicación que revela los nombres de sus fuentes confidenciales puede ser tan destructor de la confianza pública como el del banco que viola el secreto bancario, o el del médico, o el abogado que revelan los secretos protegidos por el sigilo profesional. La pérdida de confianza que sigue a una revelación de esa clase no sólo afecta al medio o al periodista que incurre en esa infidencia, sino a toda la profesión. Otras fuentes o no confiarán, o lo pensarán antes de entregar su confianza a un periodista o periódico infidentes.

Documentación.

Con respecto a las fuentes de información se impone la discreción: las informaciones comunicadas confidencialmente forman parte del secreto profesional que ha de ser respetado.
Código de Ética profesional periodística de la ONU. A. 3

El periodista que se haya comprometido a mantener en forma confidencial hechos o informaciones, no debe darlos a conocer ni pública ni privadamente.
Código de los Periodistas de Chile. A 9.

Los periodistas y los empresarios de prensa tienen la obligación de guardar el secreto profesional acerca de las fuentes de las informaciones y, especialmente, de las obtenidas en forma confidencial.
Código de los Periodistas Italianos. A 6.

La fuente de información es sagrada. El periodista guardará en secreto la fuente cuando así le fuere solicitado.
Código de Periodistas de Canadá. A 12

El comunicador social guarda el secreto de sus fuentes informativas.
Código de la Asociación Nacional de Periodistas de Perú (Adoptado en septiembre de 1988).

Los deberes esenciales del periodista son:
...Guardar el secreto profesional sobre las fuentes de información.
Código del Colegio de Periodistas de Perú. Adoptado en 1990.

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