Consultorio Ético de la Fundación Gabo
26 de Septiembre de 2016

Consultorio Ético de la Fundación Gabo

¿Cuáles son los criterios éticos en juego cuando un periodista utiliza los recursos del medio que lo ha contratado - fotógrafos, reporteros, entrevistas- para servir y devengar en otro medio? La lealtad al medio en que se trabaja es señalada en los códigos como un deber ético cuya amplitud no puede ser menor a la que se exige en cualquiera empresa. Mal se puede utilizar el material de trabajo de una fábrica para servir a otra y recibir paga en las dos. Esto aparece claro cuando se trata de elementos físicos como maquinaria o materias primas, que son el equivalente de la información en los medios de comunicación.

Cuando en estos se da esa utilización - obtener información en nombre de un medio para publicarla en otro aprovechar la información por la que paga una empresa, para obtener paga en otra, o valerse de un medio para hacerle relaciones públicas a otra empresa,- los códigos de ética llaman la atención sobre la intencionalidad que pueda haber de por medio: ¿se trata de prestar un servicio a los lectores? ¿Sólo se trata de obtener beneficio económico por el medio que sea?

Como se ve, además de la lealtad al medio, debe considerarse la primera de las lealtades del periodista, que es la que debe al lector.

Documentación.

Debe el periodista lealtad y eficacia a la empresa a la que presta sus servicios profesionales. Aquella respetará los derechos del periodista para ejercer su profesión de conformidad con sus principios.
(Código de periodistas de Antioquia, Colombia, artículo 13)

El periodista tendrá siempre presente la lealtad que debe regir con la empresa que lo contrata. Su actuación compromete en mayor o menor grado a la empresa para la cual trabaja.
(Código de periodistas de Costa Rica, artículo 15)

El periodista es leal para con su empresa, cuyos intereses materiales y morales respeta.
(Código de periodistas de Francia, artículo 6)

Un periodista que tiene puesto en la plantilla del periódico deberá servirlo antes que a sí mismo. En su tiempo libre, puede tener otro trabajo creativo pero no deberá tomar otro trabajo en su tiempo de descanso si, al hacerlo, priva a otro periodista de la oportunidad de obtener empleo.
(Código de periodistas de Irlanda, artículo 7)

El periodista está unido a la empresa por las obligaciones derivadas de un contrato de trabajo. En consecuencia sólo está obligado a responsabilizarse por su trabajo intelectual.
(Código de periodistas de Venezuela, artículo 30)

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