Consultorio Ético de la Fundación Gabo
26 de Septiembre de 2016

Consultorio Ético de la Fundación Gabo

¿Un periódico puede ampararse en la libertad de prensa para publicar en primera plana y páginas interiores, artículos, fotografías o dibujos de contenido pornográfico?¿Cuál es el significado de esa palabra? El diccionario de la Real Academia Española define pornografía como tratado acerca de la prostitución un segundo significado es el carácter obsceno de obras literarias y artísticas otro diccionario, el Léxico de la Gran Enciclopedia del Mundo, coincide: es el trabajo sobre la prostitución y en su ética y Medios de Comunicación, Niceto Blázquez la define como la representación de personas, actos, cosas y símbolos con los que se pretende provocar la pulsión sexual para su satisfacción.

Según estas definiciones lo pornográfico puede ser de valor artístico e intelectual, o degradante y dañino. Investigaciones literarias, sociológicas o antropológicas sobre la prostitución pueden llamarse pornográficas y, sin embargo, tienen un valor intelectual o artístico en cambio, publicaciones cuyo objetivo es provocar escándalo, y con el escándalo multiplicar la curiosidad y las ventas, también se llaman pornográficas. ¿Cuál es la diferencia?

La pornografía negocio viola el derecho a la privacidad del cuerpo humano, aún si quien aparece en las fotos o videos autoriza la grabación y difusión de las imágenes esto no disminuye la violación de la intimidad del cuerpo puesto que lo despoja de su dignidad y lo trivializa al convertirlo en objeto de un negocio. Que eso es la prostitución: la actividad sexual del cuerpo, vendida o comprada. La publicación deja de ser un tratado sobre la prostitución y se revela como un acto de compraventa del cuerpo, es decir, prostitución activa.

También puede ser búsqueda de satisfacciones primarias, en que la persona se usa pero no se ama. Este aspecto de lo pornográfico es mirado como un obstáculo al desarrollo sano de la persona y de las relaciones entre los seres humanos.

Todas estas consideraciones son las que explican la existencia de normas en los códigos de ética periodística que rechazan las publicaciones pornográficas como contrarias a la naturaleza de los periódicos y de la actividad periodística.

Documentación.

Los periodistas no pueden: a.- Escribir o publicar inmoralidad ni obscenidad.
.Código de Prensa de Jamaica.

Los periodistas respetan las convicciones religiosas, políticas o filosóficas del público al que se dirigen.
Estatuto del Periodismo de la República de Malí. A 17.

Los siguientes puntos han de ser evitados en cualquier forma de publicación: a.- Inmoralidad, obscenidad.
Código de ética de Prensa en Pakistán. A 2

El periodista debe abstenerse de estimular los vicios, el crímen y todas las manifestaciones morbosas de la sociedad.
Código de Honor del Periodista de Perú. A. 15.

La función pública de la prensa evita cualquier referencia a la vida privada de un individuo. Es incompatible con la función de la prensa buscar satisfacer la curiosidad pública, en lugar de servir los intereses del público.
Código ético de la prensa austriaca. A 4.

Todo periodista deberá evitar en sus publicaciones la inmoralidad, la obscenidad y la pornografía siendo más estricto en aquellas publicaciones que vayan dirigidas a niños y jóvenes.
Código de ética profesional del periodista español. A 14.

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