Consultorio Ético de la Fundación Gabo
22 de Julio de 2016

Consultorio Ético de la Fundación Gabo

¿Es suficiente un tuit de una entidad oficial que exige rectificación de un artículo, para que el medio deba iniciar el proceso de rectificación? R.- La rectificación es un deber del medio periodístico y un derecho de quien recibe información cuando está comprobado el error del periodista.
Ese error debe comprobarse de modo claro, como resultado de una investigación suficiente.
El compromiso del periodista, de ofrecer a su audiencia la verdad de los hechos, le crea el deber de investigar y asegurarse de la verdad de los hechos que informa, mediante la utilización de las herramientas propias del oficio que van desde el recurso a fuentes plurales y diversas, al examen crítico de documentos y declaraciones, hasta la consulta a fuentes especializadas. Si por debilidad o falla de algunas de sus fuentes, o por descuido del propio periodista, aparecen errores en sus textos, es un derecho del receptor pedir la corrección y es un deber del periodista hacerla.
Pero este proceso está guiado por la persuasión del periodista y del receptor de que entre ambos busquen la verdad para beneficio de todos. También opera la idea de que unos y otros son falibles y de que ni periodista ni reclamantes pueden suponerse infalibles.
Dentro de este contexto se puede concluir que una exigencia de rectificación a través de Twitter es inapropiada para iniciar ese proceso de búsqueda. Los 140 caracteres apenas si son suficientes para dar una orden, pero no para demostrar la existencia de un error. El hecho mismo de que sea una exigencia oficial deja suponer que se pretende imponer, de modo autoritario, un punto de vista, o una versión interesada y no emprender una búsqueda de la verdad con ánimo constructivo y solidario.
Documentación
Cuando aparezca un error comprobado sobre materia grave que pueda lesionar los intereses del lector o del protagonista de un hecho sobre el cual se haya informado, las directivas de la redacción en coordinación con el Defensor del Lector y el Departamento jurídico decidirán si rectifican y determinarán la forma en que lo harán.
En los casos de correcciones y aclaraciones también debe oírse el punto de vista del periodista que las motivó.
Los textos de una rectificación, corrección o aclaración no pueden tener la palabra involuntario, ni sus derivaciones o sinónimos. Se puede presumir que en el periódico no puede haber errores voluntarios.
Todos los textos de correcciones, aclaraciones y rectificaciones deben ser claros, concisos, serios, no polémicos y sin ambigüedades. Pueden contener una explicación del error, pero jamás dar la apariencia de que se está tratando de justificar.
Manual de Redacción de El Tiempo (Bogotá) a 7.02.01, 7.02.12. 7.02.13 7.0214.
Debe ser el propio diario el que rectifique los errores en que pudo haber incurrido, aunque no lo pida el interesado.
En La Nación, como se sabe, se publica una fe de erratas en la que se registran errores anteriores. Pero hay casos en que, por su importancia, las rectificaciones demandan mayor espacio que el diario brinda espontáneamente.
Manual de Estilo de La Nación, Buenos Aires.
The Washington Post está empeñado en reducir al mínimo el margen de errores que comete y en corregir los que se producen. Nuestro objetivo es la precisión; nuestra defensa, la imparcialidad. Debemos escuchar respetuosamente a las personas que nos hacen notar los errores.
Código de conducta de The Washington Post.

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