Un noticiero transmitió las imágenes del momento en que el vicepresidente sufrió un desmayo.Las imágenes son impactantes y mientras las transmiten se puede sentir que el periodista está incómodo y aclara que las imágenes se transmiten con mucho respeto y por interés público. ¿Era necesario mostrar esas imágenes? ¿El periodista pudo negarse a emitirlas? El derecho a la intimidad en los personajes públicos es más restringido que el de las personas comunes.
Una primera razón de esa restricción es que el hombre público se debe al público. Puesto que ha llegado a su cargo apoyado con los votos de la ciudadanía, esos votos le generan un deber de reciprocidad que lo convierte en parte activa de la comunidad, con una pertenencia similar, no igual, a la de los miembros de una familia con el grupo familiar. El funcionario se debe a la comunidad por el origen de su mandato y por la función que debe cumplir.
Y esta es la segunda razón: como servidor público, que maneja los asuntos de todos, o sea el bien común, debe actuar en urna de cristal. Queda sometido a la fiscalización, que es una de las formas de defensa de los intereses comunes, que todo ciudadano debe utilizar.
Por eso fue una imagen que le dio la vuelta al mundo la caída de Fidel Castro, registrada por las cámaras; también circuló por toda la prensa la fotografía del papa Juan Pablo II herido en un atentado; o la del presidente Johnson, de Estados Unidos, mostrando la herida de una operación, y fue de interés nacional la crisis de salud del presidente Virgilio Barco durante un viaje al exterior. Los medios publicaron dibujos en los que se detallaba en qué consistía el ataque de diverticulitis padecido por el presidente.
Dentro de ese contexto el desmayo del vicepresidente y muy probable candidato presidencial cumple los dos requisitos que convierten esa información en asunto de interés público: es un personaje público y maneja asuntos que son de todos; por eso cuanto le sucede concierne a todos.
Documentación.
Los resultados de una encuesta sobre el tema en Andalucía reflejan que los personajes públicos tienen derecho a su vida privada, por lo que sería mejor no aportar este tipo de informaciones, salvo que afecten a su función pública. Aun así hay quienes prefieren el modelo norteamericano donde el personaje público tiene que asumir las responsabilidades de sus actos privados.
En Estados Unidos se ve a los políticos como modelos de futuras generaciones, con dignidad y respeto, por eso su vida privada se abre a todos. La gente asume que la persona es íntegra y si el modelo es malo, hay que cambiarlo, no puede haber hipocresía.
En los casos de personas anónimas, sin embargo, es necesario manejar estas cuestiones con el mayor respeto. Es preciso que el periodista se documente sobre los casos judiciales y sepa lo que se puede publicar y lo que no. A este respecto varios ciudadanos andaluces en la encuesta coinciden al afirmar que se da demasiada información superficial que, por un lado ha ayudado a presionar social y políticamente, pero por otro, ha generado muchas informaciones morbosas que no deberían haber aparecido.
El análisis cualitativo pone de manifiesto que es claro que perseguir por la calle a una persona famosa para conseguir declaraciones que esta persona no quiere conceder, no es una conducta correcta.
Los códigos insisten en que, aunque la práctica jurídica y la jurisprudencia hayan ratificado que los personajes públicos tienen menos derecho a su intimidad que los ciudadanos de a pié, esto no significa que este tipo de personas pierdan todo tipo de protección contra la intromisión de los medios.
Los periodistas se muestran más agresivos que los ciudadanos en la encuesta a la hora de justificar el asedio mediático a los personajes públicos.
Salvador Alsius y Francesc Salgado, editores en La ética informativa vista por los ciudadanos. Editorial El Ciervo, Barcelona, 2010.P. 236, 237, 240.
Consultorio Ético de la Fundación Gabo
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