Este 7 de enero empezará a regir lo establecido en el nuevo Reglamento de desarrollo de la Ley General de Comunicación Audiovisual española, el cual estipula que los noticieros de televisión no podrán ser patrocinados.
El reglamento aprobado en marzo ordena que las cadenas de televisión comercial “tienen el derecho a que sus programas sean patrocinados, excepto los programas de contenido informativo de actualidad”.
Adicionalmente, el reglamento aclara que los patrocinios que inciten a la compra deben ser contados como parte de los 12 minutos de publicidad por hora que las cadenas tienen como límite, y que los mensajes de autopromoción de los canales no pueden sobrepasar los 5 minutos por hora.
La Ley también restringe la aparición de publicidad interrumpiendo las retransmisiones de eventos deportivos, y no permite que la publicidad superpuesta ocupe más de la quinta parte de la pantalla.
Reacciones
La Asociación de Usuarios de la Comunicación, celebró la medida, considerando que “dará una mayor seguridad jurídica a anunciantes, cadenas y espectadores”, y ha pedido que se extienda a los programas dramatizados, donde la aparición velada de publicidad ha ido en aumento.
Otros medios han celebrado también el hecho, como el caso del portal Lainformacion.com, que se preguntaba en uno de sus blogs si es ético emitir publicidad durante los informativos.
Para debatir
¿Considera usted ético que los noticieros de televisión emitan publicidad en medio de los segmentos informativos? ¿Debería prohibirse esto en Latinoamérica? ¿Cómo afectaría las finanzas de los canales?