¿Cómo llamar a una persona muerta si todavía no hay un dictamen médico? ¿Cuándo es necesario solicitar una orden judicial? ¿Los partes médicos son noticias? ¿Qué hacer en casos de riesgos para la salud pública? ¿Los funcionarios públicos preservan el derecho a la privacidad? Estos son algunos de los dilemas que enfrentan los periodistas de salud, según Carlos Francisco Fernández, asesor médico de El Tiempo.
Fernández conducirá el Taller sobre la actualidad del sistema de salud en Colombia, que se realizará en Cartagena del 27 al 29 de octubre, organizado por la FNPI- Fundación Gabriel García Márquez para el Nuevo Periodismo Iberoamericano y Coosalud. Si te interesa participar, lee la convocatoria e inscríbete aquí.
Estas son las recomendaciones que dio Fernández en la pasada edición de este taller:
1. Esperar el dictamen de una autoridad médica sobre la muerte de una persona. De lo contrario no se comunica la información. Tampoco se puede hablar de “muerto” ni “cadáver”, sino de “el cuerpo” hasta obtener el dictamen.
2. Solicitar la autorización del paciente para publicar su historia clínica. No hacerlo es delito porque se viola el derecho a la intimidad. El dominio absoluto es del paciente y no de la familia.
3. Presentar un requerimiento judicial para obtener la historia clínica de un paciente que ha muerto. Es el procedimiento constitucional establecido para estos casos.
4. Pedir información en casos de riesgo para la salud pública. En estos casos, el médico tiene la obligación de informar a la autoridad competente para que aplique los controles de rigor.
5. Procurar no usar los partes médicos como noticias, pues no lo son. El médico no da detalles ni de los procedimientos ni de las afecciones que tiene un paciente.
6. Desmitificar creencias erróneas, como la idea de que los medicamentos naturales son inocuos. Ninguna droga es inocua, todas generan efectos secundarios.
7. Cooperar con el gremio médico. Si se logra educar a las personas para que tomen medicamentos solo cuando los necesita o lo receta el médico, se está haciendo un aporte importante al sistema de salud.
8. Respetar los derechos de los funcionarios públicos, su historia clínica también es confidencial. Tras el padecimiento de una enfermedad, lo máximo que se puede hacer exigir a la ARL es un certificado de si el gobernante es apto o no para el ejercicio de sus funciones, como aplicaría para cualquier empleado o funcionario. Así, el periodista solo debe comunicar lo que determine el certificado de aptitud.
Carlos Francisco Fernández Rincón
Es asesor médico de la Casa Editorial El Tiempo, donde por cerca de dos décadas ha estado al frente de la cobertura de temas de salud. Ha dictado diversos talleres y webinars para la FNPI. Es autor y editor de 7 libros sobre el dolor (ACED) y autor de 3 libros sobre temas de salud. Ha escrito innumerables artículos periodísticos y columnas de opinión sobre salud. Ganador de varios premios nacionales e internacionales de periodismo a nivel individual y colectivo.
Es médico cirujano, especialista en medicina física y rehabilitación, en salud ocupacional y medicina de trabajo, y subespecialista en neurofisiología clínica y neurofisiología del dolor. Fue presidente de la Asociación Colombiana de Sociedades Científicas. Miembro de la Asociación Colombiana Para el Estudio del Dolor (ACED) y de la Asociación Colombiana de Medicina Física y Rehabilitación. Fue miembro de la Asociación Internacional para el Estudio del Dolor, de la Federación Latinoamericana para el Estudio del Dolor y de la gran junta médica nacional que propuso la Ley Estatutaria de Salud que eleco la salud a derecho fundamental en Colombia.
*El contenido de esta nota se basa en la relatoría del taller de periodismo ¡A nuestra salud! Cómo investigar y reportear temas de salud en Colombia, que fue organizado por la FNPI en alianza con Coosalud durante noviembre de 2016.