ABC para entender y contar la justicia restaurativa en Colombia
20 de Junio de 2023

ABC para entender y contar la justicia restaurativa en Colombia

Durante el taller ‘Cobertura periodística sobre justicia restaurativa en Colombia’, la abogada y socióloga Laura Rivera compartió conceptos clave para abordar el enfoque restaurativo de la Jurisdicción Especial para la Paz.
Foto: Mauricio León Solórzano
Ivonne Arroyo M.

En un país marcado por el horror del conflicto armado, el concepto de justicia suele asociarse a la venganza y al castigo. Pero en la búsqueda de transitar hacia la paz, ese concepto empieza a transformarse y a pensarse desde un enfoque restaurativo, desde la reparación a las víctimas, la búsqueda de la verdad y las garantías para que no se repita el ciclo de violencias que ha traído —y sigue trayendo— la guerra.

Por eso, desde la firma de los Acuerdos de Paz con las Farc en 2016, Colombia se convirtió en un “laboratorio de la justicia transicional”. “Los ojos están puestos acá. Lo que está pasando va a ser un modelo de lecciones aprendidas, de lo que salió y no salió bien”, dijo la periodista Gloria Castrillón Pulido, maestra del taller ‘Cobertura periodística sobre justicia restaurativa en Colombia’, que se desarrolló el 8 y 9 de junio en Bogotá gracias a la alianza entre la Fundación Gabo y el Instituto Colombo-Alemán para la Paz (CAPAZ). 

El encuentro, que reunió a 24 periodistas de medios comunitarios de distintas regiones del país, fue un espacio para profundizar sobre el funcionamiento de la justicia restaurativa de cara al desafío que enfrenta el periodismo para explicar y contar el Sistema Integral para La Paz en Colombia.

A continuación, un repaso por conceptos clave compartidos por la abogada y socióloga Laura Rivera, docente e investigadora de la Facultad de Derecho de la Universidad de Giessen, para abordar con claridad lo que ocurre al interior de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). 

¿Qué es la justicia restaurativa?

Es una forma de pensar la justicia teniendo como centro las necesidades de las víctimas y la responsabilidad activa del ofensor en la reparación del daño. Algunos principios generales: 

  • El crimen es una ofensa contra las personas y las relaciones interpersonales

  • La justicia involucra a víctimas, ofensores y miembros de la comunidad en un esfuerzo por enmendar el daño

¿En qué se diferencian la justicia restaurativa y la justicia retributiva?

En la justicia retributiva, el foco no está puesto en las necesidades de las víctimas sino en los castigos de los infractores. Algunos principios:

  • El crimen es una ofensa contra la Ley y el Estado

  • La justicia requiere que el Estado determine culpabilidades e imponga castigos proporcionales al daño causado

“En la justicia restaurativa se busca llegar a un diálogo, a un reconocimiento del daño. Para eso se le da poder a la víctima y se abre un espacio de reflexión. 

Mientras la justicia restaurativa busca reparar los daños y rehabilitar al agresor para reintegrarlo al tejido social, la justicia retributiva profundiza la separación de la víctima y el victimario”, explicó Rivera.

Breve historia de la JEP 

La ​​​​​Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) es el componente de jus​ticia del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición que nació del Acuerdo de Paz firmado entre las Farc y el Gobierno Nacional en el 2016. 

  • ¿Qué juzga? Las violaciones graves a los derechos humanos y las infracciones graves al Derecho Internacional Humanitario cometidos por causa, con ocasión o en relación directa e indirecta al conflicto armado colombiano.

  • ¿A quienes juzga? A los miembros de la fuerza pública, otros agentes del Estado, exintegrantes de las Farc y terceros civiles que hayan participado del conflicto. Para tener en cuenta: La JEP no tiene competencia sobre los presidentes.

  • ¿Cómo juzga? Construye macrocasos a través de procesos de priorización y selección. Solo investiga y sanciona a los máximos responsables.

  • ¿En qué periodo? Solo juzga los delitos cometidos antes del 1 de diciembre de 2016. 

De acuerdo con Rivera, la justicia de la JEP tiene “un enfoque restaurativo, pero no quiere decir que no tenga un componente retributivo”. De ahí que existan delitos amnistiables e indultables, como la rebelión, sedición, conspiración y retención ilegal del mando; pero también delitos graves y representativos en los que no se extinguen las penas ni las sanciones, como ocurre con la violencia sexual, de lesa humanidad, genocidio, crímenes de guerra, toma de rehenes, privaciones de la libertad, tortura, ejecuciones extrajudiciales, desaparición forzada, desplazamiento forzado y reclutamiento de menores.

Macrocasos de la JEP

¿Cómo se investiga, esclarece y sanciona la JEP frente a un universo de hechos violentos y víctimas? Durante su intervención, Camilo Suárez Aldana, magistrado de la JEP y presidente de la Sección de Primera Instancia para Casos de Reconocimiento, explicó la importancia de que se trabaje en macrocasos, pues a través de estos se seleccionan los hechos más graves y representativos que estudia la jurisdicción.

Un macrocaso es una figura para investigar y esclarecer patrones del conflicto armado. Agrupa los hechos de agresiones más graves para satisfacer el derecho a la verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición.

“La construcción de los macrocasos conlleva a macroprocesos y macrosentencias para que el universo de víctimas se vea representada en esos hechos. Es inhumanamente, temporalmente y presupuestalmente imposible escuchar a absolutamente todas las víctimas”, precisó el magistrado invitado al taller.

A continuación, los diez casos abiertos y un undécimo que está pendiente por abrir:

  1. Toma de rehenes, graves privaciones de la libertad y otros crímenes concurrentes cometidos por las Farc.

  2. Situación territorial de Ricaurte, Tumaco y Barbacoas (Nariño).

  3. Asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado (‘falsos positivos’).

  4. Situación territorial de la región de Urabá.

  5. Situación territorial de la región del norte del Cauca y sur del Valle del Cauca.

  6. Victimización de miembros de la Unión Patriótica.

  7. Reclutamiento y utilización de niñas y niños en el conflicto armado.

  8. Crímenes no amnistiables cometidos por la fuerza pública, agentes del Estado en asocio con grupos paramilitares.

  9. Crímenes contra territorios y pueblos Étnicos.

  10. Crímenes no amnistiables cometidos por las extintas Farc en el marco del conflicto armado.

  11. Violencia sexual en el marco del conflicto armado.

Sobre Gloria Castrillón 

Directora de Colombia +20, un proyecto periodístico y pedagógico para el posconflicto de El Espectador. Es cofundadora de la asociación Consejo de Redacción. Así mismo, ha sido coautora de los manuales: Pistas para narrar la paz, Pistas para narrar la memoria, editora de los libros: 12 historias que nos deja la guerra y Las coordenadas del posconflicto.

Sobre Laura Rivera 

Abogada y socióloga, con maestría en Derecho Constitucional y doctorado en Derecho por la Universidad Andina Simón Bolívar (UASB-Quito). Actualmente es docente e investigadora de la Facultad de Derecho de la Universidad de Giessen (Alemania).

Sobre el taller ‘Cobertura periodística sobre justicia restaurativa en Colombia’

Este encuentro organizado por la Fundación Gabo con el apoyo del Instituto Colombo-Alemán para la Paz (CAPAZ) reunió a 24 periodistas el 8 y 9 de junio en Bogotá, bajo la conducción de Gloria Castrillón Pulido, periodista especializada en temas de política conflicto armado y derechos humanos. 

Esta actividad hace parte de un ciclo de cuatro talleres que tienen como objetivo desarrollar espacios de formación y diálogo entre periodistas, además de brindar herramientas que les faciliten la comprensión de la justicia restaurativa en el Sistema Integral para La Paz en Colombia.

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