¿Qué tipo de penalización se da al uso de imágenes indebidas?
21 de Septiembre de 2016

¿Qué tipo de penalización se da al uso de imágenes indebidas?

¿Qué tipo de penalización se da a los que presentan imágenes indebidas en los medios de comunicación?

Respuesta: La violación de los principios éticos no es susceptible de penalización alguna. Se penaliza la violación de una ley porque esta es impuesta desde fuera, por autoridades que tienen la función de hacer cumplir la ley con medios coercitivos. El ciudadano paga impuestos o respeta las normas de tránsito porque hay una autoridad que aplica sanciones, que penaliza si la ley no se cumple. La ética no es ley, por tanto no puede serle impuesta a nadie, ni hay una policía ética que sancione por su incumplimiento. La ética es un estilo de vida que se guía por valores y principios, que cada persona adopta voluntaria y libremente sin que nada ni nadie se los imponga. Cada persona decide si se impone o no ese estilo de vida; por eso la ética convierte a cada uno en legislador de sí mismo. Cuando alguien decide hacer caso omiso de los valores éticos y atenta contra los derechos de los demás, su conducta no es asunto de la ética sino de la legislación penal; es decir, induce a la sociedad a asumir su defensa con instrumentos penales. Presentar o no ciertas imágenes en los medios, inicialmente es un asunto ético, es decir: es un estilo personal de respeto a las personas, de consideración de los efectos que producirá esa presentación, para prevenir los daños y optimizar lo bueno y provechoso para las personas. Pero cuando desaparecen esas consideraciones éticas y en su lugar se imponen motivaciones de lucro personal a costa de los derechos de las demás personas, el asunto deja de ser ético y se convierte en problema penal que la sociedad resuelve echando mano de los mecanismos de defensa que le permiten responder a la ame3naza y asumir la defensa del bien común. Son, pues, dos temas diferentes, el de lo ético y el de lo legal.

Documentación

 Si bien es cierto que entre la ética y el derecho existen algunos puntos de contacto, también lo es que hay claras diferencias entre ellos. La coincidencia más importante entre la ética y el derecho es que ambos sistemas están formados a partir de enunciados normativos: es decir, las reglas de conducta o imperativos hipotéticos. Por el contrario, entre las principales diferencias se encuentran las siguientes: Las normas éticas son autónomas, es decir, creadas por el sujeto que debe cumplirlas, mientras las normas jurídicas son heterónomas, en tanto son creadas por un sujeto distinto al que van dirigidas. Las normas éticas son imperativas, es decir, establecen obligaciones para el sujeto que las creó, mientras las normas jurídicas son imperativo-atributivas en la medida en que estatuyen obligaciones y confieren derechos al sujeto de derecho. Las normas éticas son voluntarias, pues su cumplimiento tiene como premisa el convencimiento personal, mientras las normas jurídicas poseen la coercibilidad como sanción a la conducta contraria a la establecida como debida. Las normas éticas tienen como propósito la dignificación y el reconocimiento social, mientras las normas jurídicas tienen como finalidad última asegurar las condiciones mínimas para la coexistencia pacífica de los hombres en el seno de la sociedad. Ernesto Villanueva: Deontología Informativa. Universidad Iberoamericana. México 1999. Pp. 21- 22.

Tipo Consulta: 

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