¿Es ético que un medio de comunicación publique como "publicidad pagada" de personas que están cuestionadas por la justicia?
22 de Septiembre de 2016

¿Es ético que un medio de comunicación publique como "publicidad pagada" de personas que están cuestionadas por la justicia?

Foto: Pixabay.com

¿Es ético que un medio de comunicación publique como "publicidad pagada" cartas o declaraciones de personas que están cuestionadas por la justicia o por la sociedad? Los cuestionamientos de la justicia o de la sociedad no despojan de sus derechos a las personas. Uno de esos derechos es el de la libertad de expresión. Por eso en Colombia estas personas pueden hacer campañas políticas e, incluso, adelantar actividades preelectorales aunque después, si son elegidas, no puedan desempeñar sus cargos.

Existe, sí, el límite: no se deben usar estas expresiones públicas para hacer apología del delito. En ese caso no se justifica publicación alguna, ni siquiera bajo el rubro de "publicidad política pagada." Ningún pago legitima la publicación de publicidad mentirosa o de productos nocivos para las personas. Por tanto no es legitimable que alguien pague y que otro se lucre de la defensa pública de un delito.

Dentro de este contexto es cuestionable la práctica de cobrar la publicación de manifestaciones de personas acusadas, por el solo hecho de estar acusadas por la justicia o por la opinión pú"blica. Estos acusados tienen los derechos de cualquiera persona a expresar sus opiniones o a explicar su conducta sin que tengan que pagar por ello.

Es un derecho cuyo ejercicio deben propiciar los medios dentro de las limitaciones de espacio y de oportunidad. Hacer caso omiso de esas limitaciones solo porque alguien pagó" una suma de dinero, resulta un reprobable comercio. Nadie debería ser obligado a pagar por ejercer un derecho fundamental, el de expresarse públicamente cuando es acusado en público.

Documentación.

Las principales recomendaciones ante los dilemas éticos que suscitan las participaciones de los lectores, son las siguientes:Se deben publicar las reglas de juego que regulan estas publicaciones: extensión de las cartas, necesidad del remite completo, teléfono, fax, correo electrónico, posibilidad de extractar el texto si excede la extensión aconsejada.Me parece que todas las cartas deben contestarse. O se publican o se contestan. Aquella tradicional forma de estilo "el periódico no mantiene correspondencia sobre las cartas no solicitadas" encarna un viejo estilo, representa un detalle de mala educación y dificulta el clima de relación que la publicación ha de saber mantener con sus lectores.La redacción ha de ser informada de las cartas que no se publican. Puede hacerse un resumen de los principales argumentos y observaciones recibidos en la correspondencia, para hacerlo circular en la redacción o seguir cualquier otro procedimiento. Es muy aleccionador y ayuda mucho a los periodistas que tienen sentido común y dosis bajas de arrogancia, conocer las críticas, las observaciones y sugerencias que su trabajo suscita entre los lectores.El deber de la publicación tiene, ante los textos de los lectores, tres deberes éticos básicos: publicar las cartas de más interés no manipular el texto de las cartas, haciendo bien el resumen esencial si hay que acortarlas no ordenar la publicación de una carta que por su contenido presuma racionalmente que es delictiva, o contraria a la ética de la información, calumniadora, injuriosa, sin respeto a la presunción de inocencia, violenta, incitadora al odio, conculcadora de la dignidad humana, mentirosa, blasfema.El autor de un texto es siempre éticamente responsable de su contenido. El Director que autoriza su publicación, es éticamente responsable de la difusión pública de su contenido.Carlos Soria.
La ética de las palabras modestas. Universidad Pontificia Bolivariana. Medellín 1997. P.p. 180-181.

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