Abuso sexual en menores de edad: ¿cómo informar sin violar su intimidad?
28 de Marzo de 2019

Abuso sexual en menores de edad: ¿cómo informar sin violar su intimidad?

Foto: Pixabay / Creative Commons.

El programa Séptimo Día de Caracol Televisión decidió no emitir un reportaje sobre dos casos de alienación parental, es decir padres de familia a los que sus exesposas acusaban falsamente de haber supuestamente abusado sexualmente de sus hijas, con el propósito de mantenerlos alejados de ellas. Los abogados del canal recomendaron no emitir el reportaje, debido a que podían ser demandados por las madres de las menores al haber expuesto a nivel nacional las vidas privadas de las menores. ¿Se puede hablar de censura en este caso? 

Respuesta de Gumersindo Lafuente

El derecho a la información también tiene sus límites. Y si en este caso los abogados ven que la noticia puede invadir la privacidad de menores eso no es censura, forma parte de una de las responsabilidades éticas que tenemos los periodistas. En todo caso hay que ver en detalle cada situación.

Respuesta de Mónica González

No se trata de censura. Si bien en este caso y a juzgar por lo que escribe el colega de Colombia, los abogados recomendaron no emitir el programa por temor a una demanda que habría podido traer perjuicio económico para el canal de TV. No obstante, no es ético ni justificable exponer las vidas privadas de menores aun cuando las acusaciones de abuso sexual a los que los habrían sometido sus padres eran falsas. Lo impactante es esto último: que las acusaciones fueron inventadas por sus exesposas y madres de los menores. Una práctica que no es extraordinaria en este tipo de juicios por separación de bienes, divorcio, custodia de hijos o violencia intrafamiliar, y que encierran dilemas éticos difíciles de dirimir. De allí que una sana decisión de línea editorial es que este tipo de expedientes judiciales no puede ser considerado como prueba a la hora de escribir una nota. Una decisión que obliga a investigar con mucho más rigor las acusaciones de abuso sexual de menores en los juzgados de familia, sin olvidar que el abuso sexual es un trauma que perdura.

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¿Cuándo no se debe utilizar la imagen de un menor de edad para ilustrar una noticia?

Respuesta de Javier Darío Restrepo

En un caso como este no debería pesar para nada la posibilidad de una demanda judicial; tampoco se debería echar mano de los privilegios que da la libertad de información; debería predominar, en cambio, el derecho de estos niños a su intimidad. Es un derecho que los protege de una nueva victimización.

Hay, además, otras consideraciones que ayudan a descubrir el  comportamiento periodístico correcto.

¿Es posible entregar una información sobre este caso, en la que no se sacrifique el derecho de las víctimas a su intimidad? O dicho de otra manera: ¿es posible elaborar esta información sin hacer daño?

El camino, sin embargo, no es el de silenciar el hecho. Es un deber del periodista hacerlo conocer, pero debe tenerse en cuenta el modo de hacerlo.

¿Para qué hacerlo? No para satisfacer la curiosidad morbosa de lectores, televidentes u oyentes, sino para estimular la conciencia de la audiencia ante una forma del mal, y en busca de soluciones.

Envía aquí tus inquietudes sobre ética periodística.

Para obtener ese resultado: ¿se necesitan la vergüenza, el dolor y la deshonra de las víctimas?

¿O es posible dar cuenta de los hechos sin perturbar la intimidad de las víctimas?

Como se ve la respuesta al conflicto, la pueden dar tanto la creatividad del periodista, como su respeto a los derechos de las personas.

La creatividad busca y encuentra alternativas para informar, sin herir; y excluye el objetivo mezquino de informar como negocio que prospera cuando excita la curiosidad;  si, en cambio, informa para alertar la conciencia colectiva y para estimular la solidaridad con las víctimas, la profesión se dignifica y encuentra su verdadera identidad y la sociedad recibe una información que le hace bien.

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